Red de conocimiento del abogados - Respuesta a la Ley de patrimonio - Cualquier comportamiento de () es una infracción de los derechos exclusivos de las marcas registradas.

Cualquier comportamiento de () es una infracción de los derechos exclusivos de las marcas registradas.

Respuesta: A, C, D, E

Según el artículo 52 de la Ley de Marcas, constituirá infracción del derecho exclusivo de uso de una marca registrada cualquiera de los siguientes actos: 1. Usar una marca que sea idéntica o similar a la marca registrada en productos iguales o similares sin el permiso del titular de la marca registrada; 2. Vender productos que infrinjan el derecho exclusivo de una marca registrada; 3. Falsificar, fabricar o vender marcas registradas de otras personas; marcas comerciales sin permiso; falsificar o crear logotipos de marcas registradas no autorizadas; 4. cambiar la marca registrada sin el consentimiento del titular de la marca y comercializar los productos con la marca modificada; 5. otros actos que infrinjan los derechos exclusivos de otros; registrar marcas.