¿Cuál es el contenido del artículo 10 de la nueva Ley de Matrimonio?
El artículo 10 de la Nueva Ley de Matrimonio estipula que el matrimonio será nulo si concurre alguna de las siguientes circunstancias: 1. Bigamia. 2. Los que tengan relación de parentesco que les prohíba contraer matrimonio. 3. Sufre de una enfermedad que médicamente se considera inapropiada para el matrimonio antes del matrimonio y no ha sido curada después del matrimonio. 4. Los que sean menores de la edad legal para contraer matrimonio. Cabe señalar que la Ley de Matrimonio ha caducado y las disposiciones pertinentes se aplican de conformidad con el artículo 1051 del Código Civil. Un matrimonio inválido es un matrimonio que no tiene efectos legales. Deberías haberlo entendido, o al menos haber oído hablar de ello. Hay ciertas condiciones para un matrimonio inválido. No significa que dos personas estén enamoradas y acudan a Asuntos Civiles. Oficina para obtener un certificado para casarse. Sí, el matrimonio entre las dos partes está reconocido por la ley. También existen condiciones legales para el matrimonio. Entonces, ¿cuáles son las disposiciones del artículo 10 de la Nueva Ley de Matrimonio?
1. El artículo 10 de la Nueva Ley de Matrimonio estipula que un matrimonio será inválido si se produce alguna de las siguientes circunstancias: (1) bigamia; (2) Existe una prohibición Aquellos que están relacionados con el matrimonio; (3) Aquellos que padecen una enfermedad que se considera médicamente inapropiada para el matrimonio antes del matrimonio y no se han curado después del matrimonio; edad legal para contraer matrimonio. Interpretación Artículo 10: Un matrimonio es inválido si ocurre una de las siguientes circunstancias: (1) Bigamia (2) Existe una relación de parentesco que prohíbe el matrimonio (3) Padece una enfermedad que se considera médicamente inapropiada para el matrimonio antes del matrimonio; no ha sido curado después del matrimonio; (4) Los que no han alcanzado la edad legal para contraer matrimonio. Interpretación Este artículo trata sobre las disposiciones sobre matrimonio inválido, que son las disposiciones añadidas en esta revisión de la Ley de Matrimonio.
2. ¿Cuáles son los contenidos correspondientes actualmente vigentes? Artículo 1051: Un matrimonio es nulo si concurre alguna de las siguientes circunstancias: (1) Bigamia; (2) Existe una relación de parentesco que prohíbe el matrimonio (; 3) No haber alcanzado la edad legal para contraer matrimonio. Artículo 1052: En caso de matrimonio por coacción, la parte coaccionada podrá solicitar al Tribunal Popular la anulación del matrimonio. La solicitud de anulación del matrimonio debe presentarse dentro del año siguiente a la fecha de terminación del acto coercitivo. Si una parte cuya libertad personal ha sido restringida ilegalmente solicita la anulación del matrimonio, la solicitud deberá hacerse dentro del año siguiente a la fecha del restablecimiento de la libertad personal. Artículo 1053. Si una de las partes padece una enfermedad grave, deberá informar verazmente a la otra parte antes de registrar el matrimonio; si la otra parte no informa verazmente a la otra parte, la otra parte podrá solicitar al Tribunal Popular la nulidad del matrimonio; casamiento. La solicitud de nulidad de un matrimonio deberá presentarse dentro del año siguiente a la fecha en que la persona conozca o deba conocer los motivos de la anulación.
El artículo 10 de la Nueva Ley de Matrimonio se refiere al contenido del matrimonio inválido. En cuanto al matrimonio inválido, existen cuatro condiciones. Si una de las cuatro condiciones está involucrada en el matrimonio de ambas partes, entonces el matrimonio entre ellas. Será inválido. En primer lugar, la bigamia, es decir, el matrimonio repetido, no tiene absolutamente ninguna forma de ser reconocida por la ley. Además, no ha cumplido la edad legal