¿Los informes de inspección de calidad a nivel provincial o superior estipulados en la Ley de Contratación Pública restringen a los postores?
Si cree que el comprador o la agencia de compras trata a los proveedores de manera diferente o los discrimina en condiciones irrazonables, debe consultar a la autoridad pertinente (como el departamento de inspección de calidad local) y seguir las instrucciones de la autoridad. Emitir una carta de respuesta a su consulta.
Artículo 20 del “Reglamento para la Aplicación de la Ley de Contrataciones Públicas” Si un comprador o agencia de contratación tiene alguna de las siguientes circunstancias, se considerará que está tratando o discriminando a proveedores en términos irrazonables:
(1) Proporcionar a los proveedores información diferente sobre el proyecto para el mismo proyecto de adquisición;
(2) Las calificaciones y las condiciones técnicas y comerciales establecidas no son adecuadas para las características específicas y las necesidades reales. del proyecto de adquisición o son inconsistentes con el contrato no tiene nada que ver con el desempeño;
(3) Los requisitos técnicos y de servicio en los requisitos de adquisición apuntan a proveedores y productos específicos;
(4) Basado en los logros de una región administrativa específica o una industria específica, premios como puntos extra o condiciones para ganar ofertas o cerrar acuerdos;
(5) Adoptar diferentes estándares de revisión o evaluación de calificaciones para proveedores ;
(6) Restringir o especificar patentes, marcas comerciales, marcas o proveedores específicos;
(7) Restricciones ilegales sobre la forma de propiedad, forma organizativa o ubicación de los proveedores;
(8) Restricción o exclusión con otras condiciones no razonables de posibles proveedores.