Red de conocimiento del abogados - Respuesta a la Ley de patrimonio - ¿Pueden las partes en un juicio civil solicitar el aplazamiento de la audiencia? ¿Cuáles son las condiciones para la solicitud?

¿Pueden las partes en un juicio civil solicitar el aplazamiento de la audiencia? ¿Cuáles son las condiciones para la solicitud?

Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, la audiencia podrá aplazarse:

Según el artículo 146 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, la audiencia podrá aplazarse :

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(1) Las partes que deben comparecer ante el tribunal y otros participantes en el litigio no comparecen ante el tribunal por motivos legítimos;

(2) Las partes solicitan retiro temporal;

(3) Es necesario notificar nuevos testigos para comparecer ante el tribunal, recolectar nuevas pruebas, reidentificar, inspeccionar o complementar la investigación;

(4) Otros circunstancias que deberían posponerse.

Artículo 149: Las causas tramitadas por el Tribunal Popular aplicando los procedimientos ordinarios deberán concluir dentro de los seis meses siguientes a la fecha de presentación de la causa. Si existen circunstancias especiales que requieran una prórroga, ésta podrá prorrogarse por seis meses con la aprobación del presidente de este tribunal; si es necesaria una prórroga, deberá informarse al tribunal superior popular para su aprobación;

Ley de Procedimiento Penal

Artículo 198: Durante la audiencia judicial, si concurre alguna de las siguientes circunstancias, que afecten el juicio, éste podrá ser aplazado:

(1) Es necesario notificar a nuevos testigos para que comparezcan ante el tribunal, obtengan nuevas pruebas físicas, vuelvan a identificarlos o inspeccionen;

(2) Los fiscales consideran que el caso de la acusación pública requiere una investigación complementaria y hacen sugerencias ;

(3) El juicio no puede realizarse por solicitud de recusación.

Artículo 199: Para los casos postergados de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2 del artículo 198 de esta Ley, la Fiscalía Popular deberá concluir la investigación complementaria en el plazo de un mes.

Datos ampliados

Artículo 455: Si durante la audiencia judicial concurre alguna de las siguientes circunstancias, el Ministerio Público podrá recomendar al tribunal el aplazamiento del juicio:

(1) Si se descubre que los hechos no están claros, las pruebas son insuficientes o el co-criminal o sospechoso está desaparecido, se necesita una investigación complementaria o pruebas complementarias

(3; ) Si se descubre que se ha cometido el mismo delito o se ha omitido al sospechoso, aunque no sea necesario complementar la investigación ni aportar pruebas complementarias, sí será necesario complementar, agregar o modificar el procesamiento;

(4) Solicitar al Tribunal Popular que notifique a testigos o tasadores para que comparezcan ante el tribunal a declarar o a personas con conocimientos especializados para que comparezcan ante el tribunal para expresar opiniones;

(5) Es necesario obtener nuevas pruebas para su reidentificación o inspección;

(6) Cuando el fiscal presente o lea pruebas distintas de las transferidas al Tribunal Popular antes del juicio, o complemente o modifique la acusación, debe dar al imputado y al defensor el tiempo necesario para preparar la defensa;

(7) El imputado o defensor presenta pruebas relacionadas con la condena y sentencia que el fiscal no tiene y necesita ser investigadas y verificadas;

(8) El fiscal debe investigar y verificar la legalidad de la recopilación de pruebas.

Si el Tribunal Popular determina que existe una de las circunstancias anteriores antes de que abra un juicio, la Fiscalía Popular puede recomendar que el Tribunal Popular posponga el juicio.

Materiales de referencia:

Congreso Nacional del Pueblo-Ley de Procedimiento Civil

Materiales de referencia:

Red de la Fiscalía de Jiangsu-Reglas de Procedimiento Penal de la Fiscalía Popular (Juicio)

Materiales de referencia:

Gobierno Popular Central-Ley de Procedimiento Penal