Los socios de una sociedad general no podrán utilizar servicios laborales como aporte de capital.
Subjetividad jurídica:
Los socios colectivos pueden aportar capital en moneda, objetos físicos, derechos de propiedad intelectual, derechos de uso de la tierra u otros derechos de propiedad, o pueden aportar capital en forma de trabajo. Servicios. Los socios colectivos pueden aportar capital en forma de servicios laborales. El aporte de capital debe ser aprobado por todos los socios. El método de valoración de las aportaciones laborales de los socios se determinará mediante consulta entre todos los socios. 1. Moneda del aporte de capital de los socios colectivos: La moneda utilizada por los socios para el aporte de capital serán los fondos propios de los socios, o los fondos bajo su propia administración y control. Objetos físicos: bienes tangibles distintos de las diversas monedas necesarias para la producción y el funcionamiento de una empresa. 1. Los objetos físicos utilizados por los socios para aportar capital deben ser propios o pueden ser controlados íntegramente por ellos mismos durante el funcionamiento de la sociedad. 2. Los bienes que no pueden controlarse completamente, los objetos físicos que han sido garantizados y los objetos físicos que se alquilan a otros por un corto período de tiempo generalmente no deben utilizarse como contribuciones en especie. Derechos de propiedad intelectual: incluyen principalmente derechos de marcas comerciales, derechos de patentes (incluidos derechos de patentes de invención, derechos de patentes de modelos de utilidad y derechos de patentes de diseños), derechos de autor (derechos de autor) y secretos técnicos. Derechos de uso de suelo: Si un socio aporta capital con derechos de uso de suelo, deberá realizar un aporte de precio y seguir los procedimientos de transferencia de los derechos de uso de suelo de conformidad con la ley. Servicios laborales: Si un socio aporta capital a través de servicios laborales, el método de evaluación se determinará mediante consulta entre todos los socios y se hará constar en el contrato de sociedad. Otros métodos de inversión en derechos de propiedad. 2. Razones para el aporte de capital por servicio laboral por parte de los socios colectivos 1. Situación con aporte de capital por servicio laboral: Los socios tienen la particularidad de responsabilidad solidaria ilimitada, pero como empresa, la empresa estipula claramente que no se permite el aporte de capital por servicio laboral. Para proteger a los acreedores y la seguridad de las transacciones, no puede utilizarse como aportación de capital. Si se trata de una sociedad, este comportamiento no se excluye siempre que los socios estén de acuerdo. 2. La Ley de Empresas Asociadas estipula que los socios también pueden aportar capital a través de servicios laborales previo consenso alcanzado por todos los socios. En cuanto a cuestiones como quién puede aportar servicios laborales y cómo cuantificar las habilidades especiales de los socios que aportan servicios laborales, la ley no proporciona disposiciones específicas porque involucran los intereses vitales de cada socio, y corresponde a todos los socios negociar y determinar por sí solos.
Ley objetiva:
Artículo 16 de la “Ley de Sociedades” Los socios podrán aportar capital en moneda, objetos físicos, derechos de propiedad intelectual, derechos de uso de suelo u otros derechos de propiedad, o podrán utilizar servicios laborales Contribución. Si un socio aporta capital en especie, derechos de propiedad intelectual, derechos de uso de la tierra u otros derechos de propiedad y necesita ser tasado, el precio puede determinarse mediante negociación entre todos los socios, o todos los socios pueden confiar una agencia de tasación legal para realizar una tasación. Si un socio aporta capital mediante servicios laborales, el método de evaluación se determinará mediante consulta entre todos los socios y se especificará en el contrato de sociedad.