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Nueva Ley Laboral 2014 Cómo indemnizar si te despiden después de trabajar 7 meses

Si habrá compensación económica o compensación por ser despedido por el empleador después de trabajar durante 7 meses se divide principalmente en las siguientes tres situaciones:

1 El empleador y el empleado despiden. la relación laboral. No existe motivo legal y no se paga compensación económica. El trabajador no se encuentra en las circunstancias previstas en el artículo 39 de la Ley de Contrato de Trabajo. Se puede determinar que la conducta del empleador constituye terminación ilegal del contrato de trabajo. estipulado en el artículo 87 de la Ley de Contrato de Trabajo y se debe pagar una indemnización, es decir, 2 meses de salario por cada año de trabajo, comúnmente conocido como

2. el trabajador de conformidad con las circunstancias previstas en el artículo 19 del “Reglamento para la Aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo”, que cumple con lo dispuesto en el artículo 46 de la “Ley de Contrato de Trabajo”, se le debe pagar una compensación económica, es decir , un mes de salario por cada año de trabajo, N cumple con el artículo 40 de la "Ley de Contrato de Trabajo", y no existe un mes de preaviso. El empleado también debe pagar un mes de salario más como pago en lugar de preaviso, comúnmente. conocido como N+1;

3 Si el trabajador se encuentra en las condiciones especificadas en el artículo 39 de la “Ley de Contrato de Trabajo” y el empleador propone terminar la relación laboral, no habrá compensación económica. Se requiere, y no se requiere aviso previo, sin embargo, esto requiere que el empleador proporcione evidencia y notifique al empleado por escrito para terminar la relación laboral;

Base jurídica relevante:

Artículos 39, 40, 46, 47, 87 de la Ley de Contrato de Trabajo

Artículo 19 del Reglamento de Desarrollo del Contrato de Trabajo Artículo de Ley