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Reglamento del Tribunal Supremo Popular sobre la participación de investigadores técnicos en litigios en casos de propiedad intelectual

Artículo 1 Al conocer casos de propiedad intelectual altamente profesionales, como patentes, nuevas variedades vegetales, diseños de circuitos integrados, secretos técnicos, software y monopolios, el Tribunal Popular podrá designar investigadores técnicos para participar en actividades de litigio. Artículo 2 Los investigadores técnicos son personal auxiliar del ensayo.

El Tribunal Popular podrá establecer una sala de investigación técnica que será responsable de la gestión diaria de los investigadores técnicos, asignar investigadores técnicos para participar en actividades de litigio de casos de propiedad intelectual y brindar consultas técnicas. Artículo 3 Una vez determinados o modificados los investigadores técnicos que participan en las actividades litigiosas de los casos de propiedad intelectual, se notificará a las partes dentro de los tres días y se les informará que tienen derecho a solicitar la recusación de los investigadores técnicos de conformidad con la ley. Artículo 4 El retiro de los investigadores técnicos se referirá a las disposiciones aplicables de la Ley de Procedimiento Penal, la Ley de Procedimiento Civil y la Ley de Procedimiento Administrativo respecto del retiro de otro personal. Artículo 5 Los investigadores técnicos que participen en las actividades de litigio del caso durante el procedimiento del juicio no participarán en las actividades de litigio de otros procedimientos del caso.

Si un caso remitido a nuevo juicio ingresa al procedimiento de segunda instancia después de la sentencia del tribunal de primera instancia, los investigadores técnicos que participaron en el litigio en el procedimiento original de segunda instancia no están sujetos a las restricciones del procedimiento anterior. párrafo. Artículo 6 Los investigadores técnicos que participen en actividades de litigio de casos de propiedad intelectual desempeñarán las siguientes funciones en las cuestiones técnicas involucradas en el caso:

(1) Hacer sugerencias sobre los hechos técnicos en el centro de la disputa y la investigación. alcance, secuencia y métodos;

(2) Participar en la investigación y recopilación, inspección y preservación de pruebas;

(3) Participar en investigaciones, audiencias, conferencias previas al juicio y reuniones judiciales. audiencias;

(4) ) Presentar opiniones de investigación técnica;

(5) Ayudar al juez a organizar expertos y profesionales en campos técnicos relevantes para brindar opiniones;

(6) Participar en reuniones relevantes como el panel colegiado;

(7) Completar otros trabajos relacionados. Artículo 7 Los investigadores técnicos que participen en la investigación y la recopilación, inspección y conservación de pruebas deberán consultar la información técnica pertinente con antelación y hacer sugerencias sobre métodos, pasos y precauciones para la investigación y la recopilación, inspección y conservación de pruebas. Artículo 8 Cuando los investigadores técnicos participen en investigaciones, audiencias, conferencias previas al juicio y juicios judiciales, podrán, con el consentimiento del juez, formular preguntas a las partes y a otros participantes en el litigio sobre las cuestiones técnicas involucradas en el caso.

El asiento del investigador técnico en la sala del tribunal está a la izquierda del asistente del juez, y el asiento del secretario está a la derecha del asistente del juez. Artículo 9 Los investigadores técnicos proporcionarán opiniones de investigación técnica sobre las cuestiones técnicas involucradas en el caso antes de su revisión.

La carta de opinión de la investigación técnica será emitida y firmada de forma independiente por el oficial de investigación técnica y no se hará pública. Artículo 10 Cuando los investigadores técnicos asistan a la revisión de un caso, sus opiniones deberán constar en el acta de revisión y ser firmadas por ellos.

Los investigadores técnicos no tienen derecho a votar sobre la decisión de un caso. Artículo 11 Los dictámenes de investigación técnica presentados por los investigadores técnicos podrán servir de referencia para que el tribunal colegiado determine hechos técnicos.

El tribunal colegiado será responsable de la determinación de los hechos técnicos de conformidad con la ley. Artículo 12 Los investigadores técnicos que participen en actividades de litigios sobre propiedad intelectual deberán firmar los documentos de sentencia. La firma del investigador técnico se encuentra debajo del secretario del juez y encima del secretario. Artículo 13 Si un investigador técnico viola la ley y las disposiciones pertinentes sobre el trabajo judicial, comete malas prácticas para beneficio personal, acepta sobornos o emite intencionalmente opiniones de investigación técnica falsas, engañosas o que contienen omisiones importantes, será legalmente responsable. de conformidad con la ley; si se constituye delito, investigar la responsabilidad penal de conformidad con la ley; Artículo 14 El tribunal popular superior podrá, en función de las necesidades del trabajo judicial, desplegar investigadores técnicos de los tribunales populares en todos los niveles dentro de su jurisdicción.

Al conocer de los casos enumerados en el artículo 1 de estas Disposiciones, el Tribunal Popular podrá solicitar al Tribunal Popular de nivel superior que envíe investigadores técnicos para participar en las actividades del litigio. Artículo 15 El presente reglamento entrará en vigor el 1 de mayo de 2065438. Si las regulaciones pertinentes emitidas previamente por nuestro hospital son inconsistentes con estas regulaciones, estas regulaciones prevalecerán.