Red de conocimiento del abogados - Respuesta a la Ley de patrimonio - ¿La fiscalía todavía necesita citar a alguien si no lo procesa?

¿La fiscalía todavía necesita citar a alguien si no lo procesa?

Subjetividad jurídica:

Durante la etapa de revisión y procesamiento, el abogado defensor obtuvo las confesiones, pruebas documentales, pruebas físicas, conclusiones de tasación, etc. del presunto delincuente y demás coautores. imputados por la agencia de investigación luego de revisar los expedientes Luego de un estudio profundo de todas las pruebas, se elabora un plan de defensa para que el imputado sea inocente, culpable de un delito menor, mitigado, exento de pena o suspendido. Objetividad jurídica:

El artículo 16 de la “Ley de Procedimiento Penal” se basa en el principio de no persecución conforme a derecho. Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, no se perseguirá la responsabilidad penal. Si el caso ha sido investigado, se debe desestimar, o no se debe iniciar ningún proceso, o se debe dar por terminado el juicio o la absolución: (1) Las circunstancias son obviamente menores y el daño no es grande, y lo es. no considerado un delito (2) El delito ha pasado el plazo de prescripción para el procesamiento (3) La pena está exenta por una orden de indulto (4) De conformidad con el "Para delitos que se tratan sólo mediante denuncia; Derecho Penal, no se presenta denuncia o se retira la denuncia; (5) El sospechoso o imputado fallece; (6) La responsabilidad penal queda exenta de responsabilidad penal en virtud de otras disposiciones legales;