¿Cómo demandar a un comerciante por engañar a los consumidores?
¿Cómo demandar a un comerciante por engañar a los consumidores?
1. Prepararse para el litigio civil;
2. Presentar una demanda ante el Tribunal Popular competente y presentar las pruebas pertinentes.
3. el Tribunal Popular, asistir y participar en las actividades del litigio a tiempo;
Cualquier persona que no esté satisfecho con la sentencia o fallo de primera instancia deberá presentar una queja ante el Tribunal Popular del juicio original o el Tribunal Popular del siguiente nivel superior. nivel dentro de los 15 días siguientes a la recepción de la sentencia o dentro de los 10 días siguientes a la recepción del fallo, presentar una petición.
¿Cómo proteger los derechos de engañar a los consumidores?
Los consumidores que han sido engañados pueden proteger sus derechos de las siguientes maneras:
1. La negociación y la conciliación son eficientes, simples y económicas, con procedimientos simples, ahorrando tiempo y esfuerzo;
2.Mediación. En la mediación de consumidores generalmente participan conjuntamente la Asociación de Consumidores, los operadores y los consumidores. La Asociación de Consumidores desempeña un papel de intermediación y también puede presentar planes o sugerencias relevantes para resolver disputas, pero no puede tomar decisiones relevantes en nombre de los consumidores u operadores.
3. Cuando los consumidores crean que sus legítimos derechos e intereses de consumo han sido perjudicados, podrán solicitar a los organismos administrativos que les proporcionen la protección pertinente;
4. Si los operadores y consumidores tienen acuerdos de arbitraje pertinentes, pueden presentar la disputa a una institución de arbitraje de acuerdo con el acuerdo de arbitraje, y la institución de arbitraje emitirá un fallo.
5. Litigio. Es decir, cuando se infringen sus derechos e intereses legítimos, los consumidores pueden presentar una demanda ante el Tribunal Popular y solicitar que el Tribunal Popular resuelva las disputas de consumo, salvaguardando así sus derechos e intereses legítimos como consumidores.
¿Cuáles son algunos comportamientos que engañan a los consumidores?
Constituye conducta engañosa si se da alguna de las siguientes circunstancias:
1. Vender productos adulterados o de calidad inferior.
2. medios inadecuados para hacer que la cantidad de bienes vendidos sea insuficiente;
3. Vender bienes "defectuosos", "defectuosos", "de calidad inferior" y otros, y afirmar falsamente que son genuinos;
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4. Vender productos a “precios de liquidación” falsos, “precios de liquidación”, “precios más bajos”, “precios preferenciales” u otros precios engañosos;
5. Precios falsos Teoría, estándares de productos, muestras físicas y otros productos de venta. ;
6. No vender productos con sus nombres y marcas reales.
¿Cuál es el comportamiento de los comerciantes para engañar a los consumidores?
Para determinar si el comportamiento de un operador constituye fraude, partimos principalmente de los siguientes tres aspectos:
1. En primer lugar, en función de los medios utilizados por el operador para proporcionar bienes o servicios. En términos generales, los siguientes comportamientos de los operadores defraudan a los consumidores:
(1) Vender productos adulterados, adulterados, falsificados y de mala calidad;
(2) Utilizar información falsa u otros medios inadecuados para causar que la cantidad de bienes vendidos sea insuficiente;
(3) Vender bienes "defectuosos", "defectuosos", "de calidad inferior" y otros y afirmar falsamente que son genuinos
( 4) Vender productos a “precios de liquidación” falsos, “precios de liquidación”, “precios más bajos”, “precios preferenciales” u otros precios engañosos;
(5) Vender productos con descripciones y estándares de producto falsos o muestras físicas;
(6) No vender productos con sus verdaderos nombres y etiquetas;
(7) Utilizar a otros para participar en prácticas engañosas Incentivar las ventas;
Proporcionar demostraciones y explicaciones falsas en el lugar;
2. Juzgar en función de si el comportamiento del operador induce a error a los consumidores. Para juzgar si el comportamiento de un operador induce a error a los consumidores, se deben adoptar normas generales, es decir, basadas en el nivel cognitivo y la capacidad de identificación de los consumidores comunes. Si tal conducta es suficiente para inducir a error a los consumidores comunes, constituye fraude.
3. Juzgar desde los aspectos subjetivos del comportamiento del operador.
En las siguientes circunstancias, los operadores "no pueden demostrar que no han engañado o engañado a los consumidores, tendrán la responsabilidad legal por engañar a los consumidores":
(1) Vender productos caducados o estropeados;
(2) Vender productos que infrinjan los derechos de marca registrada de otros;
(3) Vender productos con orígenes falsificados, falsificación o uso de nombres comerciales de otras personas;
(4) Vender productos falsificados o falsificados con nombres de productos, empaques y decoración de otras personas;
⑸Vender productos con marcas de calidad falsificadas o falsificadas, como marcas de certificación, marcas famosas, etc.
Si el operador puede probarlo, no se considera fraude; si el operador no puede probarlo, constituye fraude.