Red de conocimiento del abogados - Respuesta a la Ley de patrimonio - ¿Qué debe hacer el tribunal después de que la fiscalía presenta una protesta?

¿Qué debe hacer el tribunal después de que la fiscalía presenta una protesta?

Subjetividad jurídica:

Después de las protestas del Ministerio Público, el tribunal debe tratarlo de la siguiente manera: 1. Si la sentencia original es correcta en la determinación de los hechos y en la aplicación de la ley, y si la sentencia es adecuada, se desestimará la protesta y se confirmará la sentencia original. 2. Si la sentencia original tiene errores en la aplicación de la ley o; la sentencia es inapropiada, la sentencia se modificará; 3. Si la sentencia original no es clara sobre los hechos o las pruebas son insuficientes, la sentencia original se investigará una vez que los hechos sean claros, la sentencia original se podrá modificar; También podrá ser revocada y devuelta al tribunal de primera instancia para un nuevo juicio.

Objetividad jurídica:

Artículo 236 de la Ley de Procedimiento Penal: Una vez conocido el recurso de apelación o protesta contra la sentencia de primera instancia, el tribunal popular de segunda instancia conocerá de ellos. por separado según las siguientes circunstancias: (1) Si la sentencia original es correcta en la determinación de los hechos y en la aplicación de la ley, y la sentencia es apropiada, se desestimará la apelación y protesta y se confirmará la sentencia original; la sentencia original es correcta al determinar los hechos, pero hay un error en la aplicación de la ley, o Si la sentencia es inapropiada, la sentencia debe cambiarse (3) Si los hechos en la sentencia original no están claros o las pruebas lo son; insuficiente, la sentencia podrá modificarse una vez comprobados los hechos; la sentencia original también podrá revocarse y devolverse al Tribunal Popular original para un nuevo juicio. Después de que el Tribunal Popular de primera instancia haya dictado sentencia sobre un caso remitido para un nuevo juicio de conformidad con lo dispuesto en el tercer párrafo del párrafo anterior, si el acusado apela o la Fiscalía Popular protesta, el Tribunal Popular de segunda instancia dictará sentencia. o sentencia de conformidad con la ley y no devolverá el caso de primera instancia. El tribunal popular volverá a juzgar el caso.