Red de conocimiento del abogados - Respuesta a la Ley de patrimonio - ¿Las empresas privadas que cotizan en bolsa despedirán a sus empleados mayores?
¿Las empresas privadas que cotizan en bolsa despedirán a sus empleados mayores?
Según consulta de información relevante, según el artículo 39 de la “Ley de Contrato de Trabajo”, el empleador sólo puede rescindir el contrato de trabajo si el trabajador concurre alguna de las siguientes circunstancias:
1. ser inelegible para el empleo.
2. Violó gravemente las normas y reglamentos del empleador.
3. Incumplimiento grave del deber o mala praxis para beneficio personal, que cause perjuicio importante al empresario.
4. El empleado establece relaciones laborales con otros empleadores al mismo tiempo, lo que afecta gravemente la realización de las tareas laborales del empleador, o se niega a realizar correcciones después de que el empleador lo propone.
5. El contrato de trabajo es nulo por las circunstancias previstas en el artículo 26, apartado 1, inciso 1 de esta Ley.
6. Ser penalmente responsable conforme a la ley.