Artículo 1 Con el fin de garantizar la implementación de la "Decisión del Consejo de Estado sobre la modificación de las normas de aplicación de la Ley de Patentes de la República Popular China" anunciada el 9 de octubre de 2010, estas Medidas se formulan de conformidad con las disposiciones del Artículo 84 de la Ley de Legislación. Artículo 2 Para las solicitudes de patente con fecha de solicitud anterior a febrero de 2010 (excluida esta fecha) y los derechos de patente otorgados sobre la base de la solicitud de patente, se aplicarán las disposiciones de las Reglas de Implementación de la Ley de Patentes antes de la enmienda; de la Ley de Patentes después de la enmienda se aplicarán a las solicitudes de patente con fechas de solicitud posteriores al 1 de febrero de 2065438 (incluida esta fecha, la misma a continuación) y los derechos de patente otorgados con base en las solicitudes de patente, sin embargo, las siguientes disposiciones de estas Medidas; no incluye solicitudes con fechas de solicitud del 10 de febrero de 2065438 Disposiciones especiales para solicitudes de patente realizadas antes de la fecha y derechos de patente concedidos con base en dichas solicitudes. Artículo 3 Si se presenta una solicitud de invalidación después del 10 de febrero de 2065 por no cumplir con las disposiciones del artículo 23, párrafo 3 de la Ley de Patentes, se aplicarán a la revisión las Normas de Aplicación revisadas 66 de la Ley de Patentes. de la solicitud de nulidad lo dispuesto en el apartado 3 de este artículo. Artículo 4 La solicitud de nulidad se presenta después del 10 de febrero de 2065. La revisión de la solicitud de nulidad se regirá por lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo 72 de las Normas de Desarrollo de la Ley de Patentes. Artículo 5 Si el solicitante de una solicitud internacional de patente pasa por los procedimientos para ingresar a la fase nacional en China después del 1 de febrero de 2065, las disposiciones del Capítulo 10 de las Reglas de Implementación revisadas de la Ley de Patentes se aplicarán a la solicitud internacional. Artículo 6 1. Si solicita a la Oficina Estatal de Propiedad Intelectual que suspenda los procedimientos pertinentes después de febrero de 2065, se aplicarán las disposiciones de los artículos 93 y 99 de las Normas de aplicación revisadas de la Ley de Patentes y no se cobrará la tasa de solicitud por la suspensión de los procedimientos. pagado.
Las solicitudes de reembolso de derechos de patente pagados en exceso, pagados en exceso o pagados incorrectamente después del 10 de febrero de 2010 se aplicarán las disposiciones del artículo 94, párrafo 4 de las Normas de Aplicación de la Ley de Patentes revisadas.
Si la tasa de solicitud, la tasa de impresión de la publicación y el recargo de solicitud se pagan después del 1 de febrero de 2065.438, se aplicarán las disposiciones del artículo 95 de las Normas de Aplicación de la Ley de Patentes revisadas.
Para los procedimientos de registro para la concesión de derechos de patente posteriores al 10 de febrero de 2010, se aplicará lo dispuesto en los artículos 93 y 97 del Reglamento de Ejecución revisado de la Ley de Patentes, y no se pagará ninguna tasa de mantenimiento de la solicitud. Artículo 7 Estas Medidas entrarán en vigor el 1 de febrero de 2065.