Red de conocimiento del abogados - Respuesta a la Ley de patrimonio - ¿Cuál es la diferencia entre fraude y fraude? Sea más vívido.

¿Cuál es la diferencia entre fraude y fraude? Sea más vívido.

1. Diferentes definiciones de comportamiento:

El fraude es un comportamiento civil. En términos generales, el fraude civil consiste en crear la capacidad de actuar exagerando hechos o inventando algunos hechos, induciendo a la otra parte a malinterpretar y celebrar un contrato con ella, con el fin de lograr el propósito de obtener ciertos beneficios mediante la realización de la conducta civil acordada. . Tales como: fraude al consumidor con productos de mala calidad.

El delito de estafa se refiere al acto de defraudar una cantidad relativamente grande de propiedad pública o privada fabricando hechos u ocultando la verdad con el fin de poseerla ilegalmente. El delito de estafa no tiene por objeto defraudar otras prestaciones ilícitas. Su objetivo también debería excluir los préstamos de instituciones financieras.

2. Distintas disposiciones legales:

Está claramente estipulada en la legislación penal la finalidad del delito de estafa, es decir, la finalidad de la posesión ilícita. En concreto, el autor no tenía la intención de pagar ningún precio ni realizar ningún trabajo, es decir, ganarse la confianza de la otra parte y ocupar ilegalmente la propiedad.

Aunque el fraude civil se manifiesta objetivamente como fabricación de hechos u ocultación de la verdad, su comportamiento fraudulento todavía cae dentro del alcance de las relaciones jurídicas civiles y aún debe estar sujeto a ajustes en las políticas jurídicas civiles. El acto de fabricar hechos u ocultar la verdad en el delito de estafa ha sufrido cambios cualitativos y debe ser ajustado por la legislación penal.

3. Diferentes actos delictivos:

Después de que la víctima dispuso de la propiedad por medios fraudulentos, el perpetrador obtuvo la propiedad, dañando así la propiedad de la víctima. Según el artículo 266 de la Ley Penal, es delito defraudar la propiedad pública o privada en una cantidad relativamente grande.

Además, cabe señalar que el delito de estafa no se limita a defraudar cosas tangibles, sino que también incluye la defraudación de cosas intangibles y de intereses patrimoniales. Según las disposiciones pertinentes del artículo 210 del Código Penal, quien obtenga de manera fraudulenta facturas especiales del impuesto al valor agregado u otras facturas que puedan utilizarse para obtener de manera fraudulenta devoluciones de impuestos o compensar impuestos constituye un delito de fraude.

Las principales condiciones para la expansión del fraude de datos:

El aspecto subjetivo del fraude sólo puede constituirse de forma intencionada. El llamado fraude intencional se refiere a la actitud psicológica subjetiva del sujeto del fraude que sabe que su comportamiento fraudulento hará que otros sean engañados y espera o permite que se produzca este resultado.

En términos de factores cognitivos, el perpetrador sabe que su comportamiento fraudulento hará que otros sean engañados. En términos de factores volitivos, el perpetrador tiene una actitud esperanzada o de laissez-faire hacia el resultado de causar. otros se dejen engañar. Según diferentes factores de cognición y voluntad, el fraude intencional se puede dividir en intención directa e intención indirecta.

La intención directa es la actitud psicológica de un estafador que sabe que su comportamiento hará que otros sean engañados y espera que esto suceda.

En términos de factores cognitivos, la intención directa puede incluir reconocer que las consecuencias dañinas de que otros sean engañados ocurrirán inevitablemente, o también puede incluir reconocer que las consecuencias dañinas de que otros sean engañados pueden ocurrir.

En términos de voluntad, la intención es una actitud esperanzadora hacia el resultado de engañar a otros. La "esperanza" es un estado mental que persigue activamente engañar a los demás y tiene las características de la persecución directa. Este estado psicológico y sus características son consistentes con el propósito del fraude, y los defraudadores tienen un fuerte deseo de lograrlo.

La intención indirecta es la actitud psicológica de un defraudador que sabe que su comportamiento provocará que otros sean engañados y permite que esto suceda.

En términos de factores cognitivos, el actor intencional indirecto sólo puede reconocer la posibilidad de engañar a otros, pero no puede reconocer su inevitabilidad; en términos de voluntad, el actor intencional indirecto permite que otros sean engañados y tiene la intención; Permitir que otros sean engañados. Actitud psicológica negativa hacia el engaño.

La intención indirecta se basa en la búsqueda de algún otro propósito y tiene características que la acompañan. Entre los elementos del delito de estafa, independientemente de que el estado mental subjetivo del actor sea directamente intencional o indirecto, no afecta la composición de su conducta, pero la conducta negligente no puede constituir el delito de estafa.

Enciclopedia Baidu - Fraude

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