Nuevas disposiciones del Código Civil y del Derecho del Trabajo
1. Comprender correctamente la relación entre el derecho civil y el derecho laboral
2. La ley de contrato de trabajo no quedará abolida con la promulgación del Código Civil.
3. No habrá cambios en los procedimientos para que los trabajadores salvaguarden sus derechos
4. Se seguirá utilizando la edad legal para trabajar de “16 años o más”
5. Se ampliará aún más el alcance de los empresarios
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6 El plazo para ejercer el derecho a revocar un acuerdo firmado con malentendido grave es de tres meses
7.
8. El empleador tiene la obligación de prevenir y detener el acoso sexual en el lugar de trabajo.
9. obligaciones y causar daños, la unidad puede recuperar una compensación después de asumir la responsabilidad
"República Popular China y Código Civil"
Artículo 971 Un socio no solicitará el pago de una remuneración por realizar asuntos de la sociedad , salvo estipulación en contrario en el contrato de sociedad.
Artículo 1010: Si alguien acosa sexualmente a otra persona con palabras, acciones, etc. contra su voluntad, la víctima tiene derecho a exigir del autor la responsabilidad civil conforme a la ley. Las agencias, empresas, escuelas y otras unidades deben tomar medidas razonables para prevenir, aceptar quejas, investigar y tratar, y prevenir y detener el uso de la autoridad, afiliación, etc. para cometer acoso sexual.
Artículo 1.191 Si el personal de un empleador causa daños a otros con motivo del desempeño de tareas laborales, el empleador asumirá la responsabilidad extracontractual. Una vez que el empleador asume la responsabilidad extracontractual, puede solicitar una indemnización al miembro del personal que cometió negligencia intencional o grave. Durante el período de despacho de mano de obra, si el personal enviado causa daños a otros con motivo del desempeño de sus tareas laborales, el empleador que acepta el despacho de mano de obra asumirá la responsabilidad extracontractual, si la unidad de despacho de mano de obra es culpable, asumirá la responsabilidad correspondiente;