Red de conocimiento del abogados - Respuesta a la Ley de patrimonio - ¿Cómo imitar las patentes de otros sin infringirlas?

¿Cómo imitar las patentes de otros sin infringirlas?

Subjetividad jurídica:

La imitación de patentes es una infracción. Los derechos de patente son derechos exclusivos otorgados al titular de la patente por la agencia nacional de patentes durante un período de tiempo determinado. Una vez concedida una patente, nadie más puede producir o vender el producto patentado sin el permiso del titular de la patente. El artículo 11 de la Ley de Patentes estipula que una vez concedidos los derechos de patente de invenciones y modelos de utilidad, salvo disposición en contrario de esta ley, ninguna unidad o individuo podrá explotar la patente sin el permiso del titular de la patente, es decir, no podrá fabricar o operar con fines de producción y operaciones comerciales utilizar, ofrecer vender, vender o importar sus productos patentados, y no utilizará sus métodos patentados ni utilizará, ofrecerá vender, vender o importar productos obtenidos directamente de acuerdo con métodos patentados. Una vez concedido un derecho de patente de diseño, ninguna unidad o individuo puede explotar la patente sin el permiso del titular de la patente, es decir, no puede fabricar, ofrecer a la venta, vender o importar sus productos patentados para fines productivos y comerciales.

Objetividad jurídica:

Artículo 52 de la Ley de Derecho de Autor: Quien cometa una de las siguientes infracciones incurrirá, según las circunstancias, en obligaciones civiles tales como detener la infracción, eliminar el impacto, disculparse y compensar las pérdidas. Responsabilidades: (1) Publicar su trabajo sin el permiso del propietario de los derechos de autor; (2) Publicar un trabajo creado en colaboración con otros como su propio trabajo sin el permiso del coautor. (3) No participar en la creación, con el fin de buscar beneficio personal para fama y fortuna, atribuir obras de otras personas; (4) Distorsionar o alterar las obras de otras personas; (5) Plagiar las obras de otras personas; obras en exposiciones, realizar productos de audio y vídeo, etc., o adaptarlas o traducirlas sin el permiso del titular de los derechos de autor. Utilizar las obras mediante comentarios, anotaciones, etc., salvo disposición en contrario en esta Ley.