Red de conocimiento del abogados - Respuesta a la Ley de patrimonio - ¿Cuáles son los nuevos cambios en el "Reglamento sobre confidencialidad de la ciencia y la tecnología" recientemente revisado? Excepto academias militares. No existe tal universidad en China. "Reglamento sobre el Secreto Científico y Tecnológico" (promulgado por la Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología y la Administración Estatal del Secreto el 6 de octubre de 1995) Editor Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 2 El secreto científico y tecnológico no sólo debe proteger la seguridad de la ciencia y la tecnología nacionales Los secretos tecnológicos, pero también promueven el desarrollo de la ciencia y la tecnología, favorecen la liberación y el desarrollo de las fuerzas productivas. Artículo 3 Los secretos científicos y tecnológicos deben centrarse en puntos clave para garantizar la seguridad de importantes secretos científicos y tecnológicos nacionales, y el intercambio y la aplicación de secretos científicos y tecnológicos nacionales generales deben flexibilizarse de manera controlada. Artículo 4 La confidencialidad de la ciencia y la tecnología debe integrarse con la gestión de la ciencia y la tecnología, que es una responsabilidad importante del departamento de gestión de la ciencia y la tecnología. Para garantizar la confidencialidad científica y tecnológica, debemos confiar en la gran cantidad de trabajadores científicos y tecnológicos. Artículo 5 La Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología (en adelante, la Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología) gestionará el trabajo nacional de confidencialidad en ciencia y tecnología de acuerdo con sus responsabilidades. Los departamentos de ciencia y tecnología de cada provincia, región autónoma y municipio directamente dependientes del Gobierno Central gestionarán el trabajo de confidencialidad de ciencia y tecnología en sus respectivas regiones de acuerdo con sus funciones. gestionarán el trabajo de confidencialidad científica y tecnológica de sus propios departamentos o sistemas de acuerdo con sus funciones. Artículo 6 Los departamentos de trabajo de confidencialidad en todos los niveles son responsables de orientar, coordinar, supervisar e inspeccionar el trabajo de confidencialidad científica y tecnológica. Capítulo 2 Alcance y clasificación de los secretos científicos y tecnológicos nacionales Artículo 7 La ciencia y la tecnología relacionadas con la seguridad y los intereses nacionales, una vez filtradas, causarán una de las siguientes consecuencias, se incluirán en el alcance de los secretos científicos y tecnológicos nacionales: (1) debilitar la capacidad de defensa nacional y seguridad pública; (2) afectar los procedimientos avanzados internacionales de la tecnología de nuestro país; (3) perder la singularidad de la tecnología de China; (4) afectar la competitividad internacional de la tecnología; (5) dañar la reputación y los derechos del país; e intereses y relaciones exteriores. Artículo 8 El nivel de clasificación de los secretos científicos y tecnológicos nacionales: (1) Nivel de alto secreto 1, que tiene un nivel internacionalmente avanzado y tiene un impacto particularmente significativo en la construcción de la defensa nacional o la construcción económica 2. Puede conducir a avances en el campo; de altas y nuevas tecnologías; 3. Puede reflejar la situación general Capacidades de defensa y gobernanza. (2) El nivel de confidencialidad es 1, está en el nivel internacionalmente avanzado, tiene fines militares o tiene un impacto importante en la construcción económica; 2. Puede reflejar parcialmente la fortaleza de la defensa nacional y la seguridad pública; China no está restringida por las condiciones naturales y puede reflejar la esencia de las características nacionales y importantes beneficios sociales o económicos. (3) El nivel secreto es 1, que está en el nivel internacionalmente avanzado, tiene ventajas en comparación con países extranjeros en tecnologías importantes y tiene mayores beneficios sociales o económicos 2. Es exclusivo de China, está sujeto a ciertas condiciones naturales; y tiene mayores beneficios sociales o económicos que la tecnología tradicional. Artículo 9 No entra dentro del ámbito de los secretos científicos y tecnológicos nacionales cualquiera de las siguientes circunstancias: (1) Ha sido divulgado en el extranjero; (2) No es competitivo internacionalmente y no involucra capacidades de defensa y seguridad pública nacional (3); ) Son resultados de investigación puramente teóricos; (4) las artesanías tradicionales que son populares en el país o que la población local básicamente puede dominar (5) las artesanías tradicionales están limitadas principalmente por el clima, los recursos y otras condiciones naturales locales, y es difícil; para simular sus condiciones de producción. Artículo 10 La ciencia y la tecnología civiles que son secretos científicos y tecnológicos nacionales no se clasifican como secretos máximos en principio. Si efectivamente es necesario clasificarlo como alto secreto, deberá cumplir con las disposiciones de alto secreto del artículo 8 de este Reglamento e informar a la Comisión Estatal de Ciencia y Tecnología para su aprobación. Capítulo 3 Determinación y Cambio de los Secretos Científicos y Tecnológicos Nacionales Artículo 11 El nivel de clasificación de los secretos científicos y tecnológicos nacionales se determinará de acuerdo con las siguientes disposiciones: (1) La unidad generadora determinará el nivel de clasificación oportunamente de acuerdo con Artículo 8 del Reglamento. (2) De acuerdo con las disposiciones de los artículos 7 y 8 de este Reglamento, si resulta difícil determinar si los logros científicos y tecnológicos son secretos de Estado y a qué nivel de confidencialidad pertenecen, la unidad productora determinará rápidamente el nivel de clasificación de acuerdo con el método de evaluación de los secretos de estado de los logros científicos y tecnológicos; (3) Relevante Al formular planes y programas de investigación científica, las unidades deben determinar con prontitud la clasificación de proyectos o temas de acuerdo con este reglamento. Una vez completados los logros científicos y tecnológicos, se evaluará su nivel de clasificación; (4) Las unidades pertinentes, dentro de los 30 días posteriores a la determinación del nivel de clasificación de los secretos científicos y tecnológicos nacionales, informarán al departamento de ciencia y tecnología de la provincia, región autónoma, o municipio directamente dependiente del Gobierno Central o del director de ciencia y tecnología de cada departamento del organismo estatal central según el departamento administrativo. Al determinar el nivel de confidencialidad de los secretos científicos y tecnológicos nacionales, se deben determinar al mismo tiempo el período de confidencialidad y los puntos clave de confidencialidad. Artículo 12 Los logros científicos y tecnológicos realizados por las personas serán clasificados en el mercado por los departamentos de ciencia y tecnología de las provincias, regiones autónomas y municipios donde estén ubicados, y serán gestionados de acuerdo con este reglamento. Artículo 13 Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, el nivel de clasificación de los secretos científicos y tecnológicos nacionales se cambiará de manera oportuna: (1) Hay un cambio importante en el alcance del conocimiento (2) Una vez que la divulgación daña la seguridad nacional y; intereses, los procedimientos cambiarán significativamente. Los cambios en el nivel de clasificación de los secretos científicos y tecnológicos nacionales serán decididos por el organismo o unidad que determine el nivel de clasificación. Artículo 14 Los secretos científicos y tecnológicos nacionales serán desclasificados oportunamente si ocurre alguna de las siguientes circunstancias: (1) La tecnología queda obsoleta y pierde su valor de confidencialidad (2) Para que nuestro país ocupe el mercado internacional, alternativa; las tecnologías o la investigación extranjera están a punto de tener éxito; (3) se ha extendido y es difícil tomar medidas correctivas (4) ha sido probada y promovida a gran escala y tiene poca asegurabilidad; de bienes públicos. Cuando expire el plazo de confidencialidad de los secretos científicos y tecnológicos nacionales, éstos serán desclasificados de oficio. Las unidades e individuos pertinentes pueden hacer sugerencias de desclasificación de secretos científicos y tecnológicos nacionales que deban ser desclasificados dentro del período de confidencialidad. Para los informes de nivel secreto, deben reportarse a los departamentos de ciencia y tecnología de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central o a los departamentos de ciencia y tecnología de varios departamentos de agencias estatales centrales para su revisión y aprobación; Los informes ultrasecretos deben presentarse a la Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología para su revisión y aprobación. Los resultados de la aprobación se notificarán a las unidades e individuos pertinentes dentro de los treinta días posteriores a la recepción del informe.
¿Cuáles son los nuevos cambios en el "Reglamento sobre confidencialidad de la ciencia y la tecnología" recientemente revisado? Excepto academias militares. No existe tal universidad en China. "Reglamento sobre el Secreto Científico y Tecnológico" (promulgado por la Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología y la Administración Estatal del Secreto el 6 de octubre de 1995) Editor Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 2 El secreto científico y tecnológico no sólo debe proteger la seguridad de la ciencia y la tecnología nacionales Los secretos tecnológicos, pero también promueven el desarrollo de la ciencia y la tecnología, favorecen la liberación y el desarrollo de las fuerzas productivas. Artículo 3 Los secretos científicos y tecnológicos deben centrarse en puntos clave para garantizar la seguridad de importantes secretos científicos y tecnológicos nacionales, y el intercambio y la aplicación de secretos científicos y tecnológicos nacionales generales deben flexibilizarse de manera controlada. Artículo 4 La confidencialidad de la ciencia y la tecnología debe integrarse con la gestión de la ciencia y la tecnología, que es una responsabilidad importante del departamento de gestión de la ciencia y la tecnología. Para garantizar la confidencialidad científica y tecnológica, debemos confiar en la gran cantidad de trabajadores científicos y tecnológicos. Artículo 5 La Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología (en adelante, la Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología) gestionará el trabajo nacional de confidencialidad en ciencia y tecnología de acuerdo con sus responsabilidades. Los departamentos de ciencia y tecnología de cada provincia, región autónoma y municipio directamente dependientes del Gobierno Central gestionarán el trabajo de confidencialidad de ciencia y tecnología en sus respectivas regiones de acuerdo con sus funciones. gestionarán el trabajo de confidencialidad científica y tecnológica de sus propios departamentos o sistemas de acuerdo con sus funciones. Artículo 6 Los departamentos de trabajo de confidencialidad en todos los niveles son responsables de orientar, coordinar, supervisar e inspeccionar el trabajo de confidencialidad científica y tecnológica. Capítulo 2 Alcance y clasificación de los secretos científicos y tecnológicos nacionales Artículo 7 La ciencia y la tecnología relacionadas con la seguridad y los intereses nacionales, una vez filtradas, causarán una de las siguientes consecuencias, se incluirán en el alcance de los secretos científicos y tecnológicos nacionales: (1) debilitar la capacidad de defensa nacional y seguridad pública; (2) afectar los procedimientos avanzados internacionales de la tecnología de nuestro país; (3) perder la singularidad de la tecnología de China; (4) afectar la competitividad internacional de la tecnología; (5) dañar la reputación y los derechos del país; e intereses y relaciones exteriores. Artículo 8 El nivel de clasificación de los secretos científicos y tecnológicos nacionales: (1) Nivel de alto secreto 1, que tiene un nivel internacionalmente avanzado y tiene un impacto particularmente significativo en la construcción de la defensa nacional o la construcción económica 2. Puede conducir a avances en el campo; de altas y nuevas tecnologías; 3. Puede reflejar la situación general Capacidades de defensa y gobernanza. (2) El nivel de confidencialidad es 1, está en el nivel internacionalmente avanzado, tiene fines militares o tiene un impacto importante en la construcción económica; 2. Puede reflejar parcialmente la fortaleza de la defensa nacional y la seguridad pública; China no está restringida por las condiciones naturales y puede reflejar la esencia de las características nacionales y importantes beneficios sociales o económicos. (3) El nivel secreto es 1, que está en el nivel internacionalmente avanzado, tiene ventajas en comparación con países extranjeros en tecnologías importantes y tiene mayores beneficios sociales o económicos 2. Es exclusivo de China, está sujeto a ciertas condiciones naturales; y tiene mayores beneficios sociales o económicos que la tecnología tradicional. Artículo 9 No entra dentro del ámbito de los secretos científicos y tecnológicos nacionales cualquiera de las siguientes circunstancias: (1) Ha sido divulgado en el extranjero; (2) No es competitivo internacionalmente y no involucra capacidades de defensa y seguridad pública nacional (3); ) Son resultados de investigación puramente teóricos; (4) las artesanías tradicionales que son populares en el país o que la población local básicamente puede dominar (5) las artesanías tradicionales están limitadas principalmente por el clima, los recursos y otras condiciones naturales locales, y es difícil; para simular sus condiciones de producción. Artículo 10 La ciencia y la tecnología civiles que son secretos científicos y tecnológicos nacionales no se clasifican como secretos máximos en principio. Si efectivamente es necesario clasificarlo como alto secreto, deberá cumplir con las disposiciones de alto secreto del artículo 8 de este Reglamento e informar a la Comisión Estatal de Ciencia y Tecnología para su aprobación. Capítulo 3 Determinación y Cambio de los Secretos Científicos y Tecnológicos Nacionales Artículo 11 El nivel de clasificación de los secretos científicos y tecnológicos nacionales se determinará de acuerdo con las siguientes disposiciones: (1) La unidad generadora determinará el nivel de clasificación oportunamente de acuerdo con Artículo 8 del Reglamento. (2) De acuerdo con las disposiciones de los artículos 7 y 8 de este Reglamento, si resulta difícil determinar si los logros científicos y tecnológicos son secretos de Estado y a qué nivel de confidencialidad pertenecen, la unidad productora determinará rápidamente el nivel de clasificación de acuerdo con el método de evaluación de los secretos de estado de los logros científicos y tecnológicos; (3) Relevante Al formular planes y programas de investigación científica, las unidades deben determinar con prontitud la clasificación de proyectos o temas de acuerdo con este reglamento. Una vez completados los logros científicos y tecnológicos, se evaluará su nivel de clasificación; (4) Las unidades pertinentes, dentro de los 30 días posteriores a la determinación del nivel de clasificación de los secretos científicos y tecnológicos nacionales, informarán al departamento de ciencia y tecnología de la provincia, región autónoma, o municipio directamente dependiente del Gobierno Central o del director de ciencia y tecnología de cada departamento del organismo estatal central según el departamento administrativo. Al determinar el nivel de confidencialidad de los secretos científicos y tecnológicos nacionales, se deben determinar al mismo tiempo el período de confidencialidad y los puntos clave de confidencialidad. Artículo 12 Los logros científicos y tecnológicos realizados por las personas serán clasificados en el mercado por los departamentos de ciencia y tecnología de las provincias, regiones autónomas y municipios donde estén ubicados, y serán gestionados de acuerdo con este reglamento. Artículo 13 Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, el nivel de clasificación de los secretos científicos y tecnológicos nacionales se cambiará de manera oportuna: (1) Hay un cambio importante en el alcance del conocimiento (2) Una vez que la divulgación daña la seguridad nacional y; intereses, los procedimientos cambiarán significativamente. Los cambios en el nivel de clasificación de los secretos científicos y tecnológicos nacionales serán decididos por el organismo o unidad que determine el nivel de clasificación. Artículo 14 Los secretos científicos y tecnológicos nacionales serán desclasificados oportunamente si ocurre alguna de las siguientes circunstancias: (1) La tecnología queda obsoleta y pierde su valor de confidencialidad (2) Para que nuestro país ocupe el mercado internacional, alternativa; las tecnologías o la investigación extranjera están a punto de tener éxito; (3) se ha extendido y es difícil tomar medidas correctivas (4) ha sido probada y promovida a gran escala y tiene poca asegurabilidad; de bienes públicos. Cuando expire el plazo de confidencialidad de los secretos científicos y tecnológicos nacionales, éstos serán desclasificados de oficio. Las unidades e individuos pertinentes pueden hacer sugerencias de desclasificación de secretos científicos y tecnológicos nacionales que deban ser desclasificados dentro del período de confidencialidad. Para los informes de nivel secreto, deben reportarse a los departamentos de ciencia y tecnología de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central o a los departamentos de ciencia y tecnología de varios departamentos de agencias estatales centrales para su revisión y aprobación; Los informes ultrasecretos deben presentarse a la Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología para su revisión y aprobación. Los resultados de la aprobación se notificarán a las unidades e individuos pertinentes dentro de los treinta días posteriores a la recepción del informe.
Artículo 15 La Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología, los departamentos de ciencia y tecnología de mercado de todas las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central, los departamentos de ciencia y tecnología de diversos departamentos de los organismos centrales del Estado, y los organismos y unidades que determinan la nivel de confidencialidad puede tomar la decisión de extender el período de confidencialidad y notificar a las partes relevantes 30 días antes de la expiración del período de confidencialidad, las unidades y las personas. Artículo 16 La Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología, los departamentos de ciencia y tecnología de mercado de todas las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central, y los departamentos de ciencia y tecnología de varios departamentos de las agencias estatales centrales tienen derecho a corregir la determinación, cambio y descifrado de secretos científicos nacionales que no cumplan con las leyes y regulaciones nacionales de confidencialidad pertinentes y estas regulaciones. Artículo 17 Los departamentos de ciencia y tecnología de mercado de todas las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central y los departamentos de ciencia y tecnología de las agencias estatales centrales informarán los niveles de clasificación de tecnología secreta nacional determinados y modificados por sus respectivas regiones y departamentos a La Comisión Estatal de Ciencia y Tecnología cada año, y la Comisión Estatal de Ciencia y Tecnología organizarán expertos para revisar y anunciar periódicamente junto con el departamento nacional de confidencialidad. Capítulo 4 Gestión de los secretos nacionales de ciencia y tecnología Artículo 18 La Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología gestiona los secretos nacionales de ciencia y tecnología, y sus responsabilidades específicas son las siguientes: (1) Formular o formular conjuntamente normas y reglamentos para los secretos nacionales de ciencia y tecnología; (2) Orientar la gestión de los secretos nacionales de ciencia y tecnología. Determinar y ajustar; (3) Examinar y aprobar los secretos nacionales de ciencia y tecnología relacionados con el extranjero de acuerdo con las regulaciones. (4) Ayudar al departamento de seguridad nacional a inspeccionar la confidencialidad de la ciencia y la tecnología; trabajar, investigar y abordar las principales fugas de ciencia y tecnología (5) Llevar a cabo publicidad y educación sobre la confidencialidad de la ciencia y la tecnología, y organizar la capacitación de cuadros de confidencialidad de la ciencia y la tecnología (6) Oficina de elogios y premios de confidencialidad científica, responsable del trabajo diario de; Gestión de la confidencialidad científica y tecnológica. Artículo 19 Los departamentos de ciencia y tecnología de todas las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central y los departamentos de ciencia y tecnología de las agencias estatales centrales son responsables de gestionar el trabajo de confidencialidad de ciencia y tecnología de sus respectivas regiones, departamentos y sistemas. bajo la dirección de la Comisión Estatal de Ciencia y Tecnología y los departamentos de trabajo de confidencialidad de sus respectivas regiones y departamentos. Sus principales responsabilidades son: (1) Implementar directrices y políticas nacionales sobre secretos de ciencia y tecnología, y formular reglas y regulaciones de confidencialidad de ciencia y tecnología para esta región, este departamento o este sistema; (2) Orientar esta región, este departamento o este; sistema con respecto a los secretos nacionales de ciencia y tecnología (3) Examinar y aprobar los secretos nacionales de ciencia y tecnología relacionados con el extranjero de acuerdo con las regulaciones (4) Participar en importantes actividades científicas y tecnológicas y actividades científicas y tecnológicas relacionadas con el extranjero en esta región; departamento o sistema, y cooperar con los departamentos relevantes en la formulación de planes especiales de confidencialidad (5) ) Ayudar al departamento de confidencialidad a inspeccionar el trabajo de confidencialidad de ciencia y tecnología de la región, departamento o sistema, e investigar y abordar las fugas de ciencia y tecnología; 6) Elogiar y recompensar a las unidades y trabajadores avanzados en seguridad científica y tecnológica en la región, departamento o sistema. Los departamentos de ciencia y tecnología de todas las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central y los departamentos de las agencias estatales centrales deben establecer agencias especializadas o designar personal dedicado para que sea responsable del trabajo diario de la gestión de la ciencia y la tecnología. Artículo 20 Las agencias estatales, unidades, grupos sociales e individuos de todos los niveles no involucrarán secretos nacionales de ciencia y tecnología en las siguientes actividades de cooperación e intercambio científico y tecnológico: (1) Llevar a cabo conferencias científicas y tecnológicas públicas, capacitación adicional, inspecciones y actividades cooperativas. investigación (2) Utilizar la radio, el cine, la televisión y periódicos, libros, materiales gráficos y productos audiovisuales disponibles públicamente para publicidad o publicación de artículos. Artículo 21 En los intercambios y la cooperación científicos y tecnológicos extranjeros, es realmente necesario proporcionar el exterior; mundo con la ciencia y la tecnología nacionales. Si es confidencial, los procedimientos de examen y aprobación se llevarán a cabo de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes. Si realmente es necesario sacar del país materiales o artículos secretos científicos y tecnológicos nacionales debido al trabajo, se debe realizar una revisión de confidencialidad de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes y se deben completar los procedimientos de salida. Artículo 22 Cuando reciba personal extranjero para visitar secretos nacionales de ciencia y tecnología, la unidad de recepción dependerá del departamento de ciencia y tecnología de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central o del departamento de ciencia y tecnología de cada departamento del país. agencia estatal central para su aprobación. Artículo 23 La transferencia nacional de tecnología secreta de Estado será aprobada por el departamento superior competente de la unidad de finalización de tecnología, y el nivel de confidencialidad del cesionario, el período de confidencialidad y las obligaciones de confidencialidad se especificarán en el contrato. Artículo 24 La exportación de tecnologías secretas de Estado estará sujeta a procedimientos de aprobación de conformidad con las disposiciones pertinentes sobre la revisión de las exportaciones de tecnologías secretas de Estado. Artículo 25. Quienes utilicen tecnologías secretas de Estado para establecer empresas conjuntas dentro del territorio con empresas extranjeras, otras organizaciones económicas e individuos deben informar a los departamentos de ciencia y tecnología de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central o de los departamentos de ciencia y tecnología. de las agencias estatales centrales para su aprobación antes de que se inicie el proyecto. Las empresas conjuntas en el extranjero se consideran exportaciones de tecnologías secretas de Estado y deben pasar por procedimientos de aprobación de conformidad con las normas pertinentes sobre revisión de exportaciones de tecnologías secretas de Estado. Artículo 26 La promoción y aplicación de tecnologías secretas de Estado será realizada por unidades con las correspondientes condiciones de confidencialidad, y todo el personal relevante tiene la obligación de guardar secretos de Estado. Artículo 27 Para el personal científico y técnico que participa en el desarrollo de tecnologías secretas de estado, las agencias y unidades pertinentes no afectarán sus recompensas, elogios y evaluaciones de títulos profesionales porque sus resultados no son adecuados para la publicación, el intercambio y la promoción públicos. Las agencias y unidades pertinentes deben evaluar el nivel real de artículos que no pueden publicarse en publicaciones públicas nacionales y extranjeras debido a la confidencialidad. Artículo 28 Las agencias y unidades de todos los niveles harán un buen trabajo en la gestión de los archivos secretos científicos y tecnológicos nacionales de acuerdo con las regulaciones pertinentes. Artículo 29 Las tecnologías secretas de estado ultrasecretas no se aplicarán a las patentes o patentes secretas durante el período de confidencialidad. Las tecnologías secretas de estado de nivel confidencial y secreto pueden solicitar patentes de confidencialidad dentro del período de confidencialidad, pero las tecnologías de nivel confidencial deben informarse a la Comisión Nacional de Ciencia y Tecnología para su aprobación, y las tecnologías de nivel confidencial deben informarse a la ciencia del mercado. y autoridades tecnológicas de provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central o los directores de ciencia y tecnología de diversos departamentos de organismos estatales centrales. Aprobación institucional. Si una tecnología confidencial o secreta de estado se solicita para una patente o se convierte de una patente confidencial a una patente, será desclasificada previamente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de este Reglamento. Artículo 30 Las agencias y unidades de todos los niveles recompensarán a los grupos e individuos que hayan realizado contribuciones y logros sobresalientes en el trabajo de confidencialidad científica y tecnológica, criticarán y educarán a quienes violen las leyes y regulaciones nacionales de confidencialidad si las circunstancias son graves y pondrán en peligro la seguridad nacional; e intereses, si se causan daños, se impondrán sanciones administrativas a las personas responsables pertinentes de conformidad con las leyes y reglamentos pertinentes.