¿Puede una persona con antecedentes penales ser puesta en libertad bajo fianza en espera de juicio?
Se debe analizar si una persona con antecedentes penales puede ser puesta en libertad bajo fianza en espera de juicio en función de la situación real:
Si los antecedentes penales son reincidentes, los reincidentes están prohibidos. de ser puesto en libertad bajo fianza en espera de juicio;
2. Los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública podrán poner en libertad bajo fianza a los sospechosos o acusados de delitos en espera de juicio en cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1) Quienes puedan ser condenados a vigilancia pública, detención penal o penas adicionales podrán aplicarse de forma independiente;
(2) La persona podrá ser condenada a una pena de prisión de duración determinada o superior, y ser puesto en libertad bajo fianza en espera de juicio no causará ningún peligro social;
(3) Padecer una enfermedad grave, no poder cuidarse a sí mismo, estar embarazada o amamantar por sí mismo. Si una mujer con un bebé es puesta en libertad bajo fianza en espera de juicio. juicio, no representará un riesgo social;
(4) El período de detención ha expirado y el caso no ha sido resuelto, y es necesario quedar en libertad bajo fianza en espera del juicio.
La libertad bajo fianza en espera de juicio será implementada por los órganos de seguridad pública.
Base jurídica: Artículo 78 del “Reglamento de Procedimientos de los Órganos de Seguridad Pública para la Atención de Causas Penales”
Reincidentes y principales infractores de grupos delictivos que recurran a la autolesión o autolesión -mutilación para evitar la investigación Las personas, los sospechosos de delitos violentos graves y otros delitos graves no serán puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio, excepto cuando el sospechoso de un delito cumpla las circunstancias especificadas en los puntos 3 y 4 del artículo 77, párrafo 1 de estas Disposiciones.
Artículo 71 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Los sospechosos e imputados que sean puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio deberán cumplir con las siguientes disposiciones:
(1) Incumplimiento a Nadie puede salir de la ciudad o condado donde vive sin la aprobación de la agencia de aplicación de la ley;
(2) Llegar puntualmente a la citación;
(3) No interferir con el testigo testimonio en cualquier forma;
(4) No destruir, fabricar pruebas ni coludir en confesiones.