Texto completo de interpretación judicial de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
Subjetividad jurídica:
Artículo 74 Al examinar el testimonio del testigo debe centrarse el siguiente contenido: (1) Si el contenido del testimonio fue percibido directamente por el testigo; El comportamiento del testigo al testificar Si la edad, la capacidad cognitiva, de memoria y de expresión, el estado físico y mental afectan el testimonio (3) Si el testigo tiene interés en las partes del caso y el resultado del caso; el interrogatorio del testigo se lleva a cabo individualmente (5) La producción de las transcripciones del interrogatorio, si la modificación cumple con la ley y las normas pertinentes, si se indica la hora y el lugar de inicio y finalización del interrogatorio, si se informa al testigo de sus derechos; , obligaciones y responsabilidades legales de testificar durante el primer interrogatorio, y si el testigo verifica y confirma la transcripción del interrogatorio (6) Al interrogar a testigos menores, si su representante legal o el personal relevante fueron notificados para estar presentes, y si su representante legal o estuvo presente el personal pertinente; (7) Si el testimonio del testigo fue obtenido mediante violencia, amenazas u otros métodos ilegales (8) Entre el testimonio y otras pruebas ¿Pueden confirmarse entre sí y existen contradicciones? Artículo 75: No se utilizará como prueba el testimonio prestado por un testigo evidentemente ebrio, envenenado o anestesiado e incapaz de percibir normalmente o expresarse correctamente. Los testimonios especulativos, comentarios e inferenciales de los testigos no se utilizarán como prueba, excepto cuando se consideren consistentes con los hechos basados en la experiencia de vida general. Artículo 76 Si el testimonio de un testigo se produce en cualquiera de las siguientes circunstancias, no se utilizará como base para finalizar el caso: (1) El testigo no es interrogado individualmente (2) El testimonio escrito no es verificado por el testigo; (3) Se interroga a la persona sorda o muda, se debe proporcionar una persona que domine los gestos para sordos o mudos, pero no se proporciona (4) Al interrogar a un testigo que no domina el idioma o escritura común local; Se debería proporcionar un intérprete, pero no se proporciona. Artículo 77 Si los procedimientos y métodos para recopilar el testimonio de los testigos tienen los siguientes defectos, podrán adoptarse después de que se hayan dado correcciones o explicaciones razonables; si no se pueden hacer correcciones o explicaciones razonables, no se utilizarán como base para finalizar el caso: (1) El interrogador no está incluido en el acta del interrogatorio, el nombre del registrador, el representante legal y la hora y lugar de inicio y finalización del interrogatorio (2) El lugar del interrogatorio no cumple con las regulaciones; La transcripción del interrogatorio no registra los derechos, obligaciones y responsabilidades legales del testigo con respecto a testificar (4) El interrogatorio La transcripción refleja que el mismo entrevistador entrevistó a diferentes testigos al mismo tiempo; Artículo 78 Si el testimonio prestado por un testigo ante el tribunal es verdadero después del contrainterrogatorio de la acusación y la defensa y verificado por el tribunal, se utilizará como base para finalizar el caso. Si el testimonio de un testigo ante el tribunal es inconsistente con su testimonio previo al juicio, y el testigo puede dar una explicación razonable y está corroborado por evidencia relevante, su testimonio en el juicio será aceptado si no puede dar una explicación razonable, pero su testimonio previo al juicio; Si el testimonio en el juicio se corrobora con pruebas pertinentes, se podrá aceptar su testimonio previo al juicio. Si, tras recibir notificación del Tribunal Popular, un testigo se niega a comparecer ante el tribunal sin razones justificables o se niega a testificar después de comparecer ante el tribunal, y el tribunal no puede confirmar la autenticidad de su testimonio, el testimonio del testigo no se utilizará como base. base para finalizar el caso. Si un testigo testifica, el estado tiene protección para el testigo. Al mismo tiempo, cuando los testigos declaran, nuestro país también tiene regulaciones sobre los testigos, porque el testimonio de los testigos está estrechamente relacionado con el juicio del caso. Por lo tanto, al testificar, se debe testificar en función de la situación de implementación. Objetividad jurídica:
Artículo 67 de la Ley Penal: Se entrega quien voluntariamente se entrega a la policía después de cometer un delito y confiesa verazmente su delito. Los delincuentes que se entreguen podrán recibir penas más leves o reducidas. Entre ellos, aquellos que cometan delitos relativamente menores pueden quedar exentos de castigo. Se considerarán entregados los presuntos delincuentes, los imputados y los delincuentes cumpliendo condena que hayan sido sometidos a medidas coercitivas y confiesen verazmente los demás delitos que aún no sean conocidos por las autoridades judiciales. Aunque el sospechoso de un delito no tenga las circunstancias para entregarse como se especifica en los dos párrafos anteriores, si confiesa sinceramente su delito, se le podrá imponer una pena más leve; si confiesa sinceramente su delito y evita consecuencias especialmente graves, se le podrá imponer; un castigo más leve.