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¿Las fábricas dirigidas por escuelas disfrutan de políticas fiscales preferenciales?

1. Respecto al alcance de la exención del impuesto sobre la renta para empresas dirigidas por escuelas

Según el "Aviso del Ministerio de Finanzas y la Administración Estatal de Impuestos sobre Ciertas Políticas Preferenciales para Empresas" Impuesto sobre la renta" (Caishuizi [1994] No. 1) Según las regulaciones, "los ingresos de las fábricas administradas por colegios y universidades, escuelas primarias y secundarias y granjas dedicadas a su propia producción y operaciones están temporalmente exentos del impuesto sobre la renta corporativo". El término "fábricas y granjas" aquí se refiere principalmente a empresas dedicadas a la producción de productos industriales y agrícolas, excluidas las empresas de construcción, editoriales y otras empresas administradas por escuelas que no se dedican a la producción de productos industriales o agrícolas. Por lo tanto, las empresas distintas de las que se dedican a la producción de productos industriales y agrícolas organizadas por escuelas deberán, salvo que el Estado estipule lo contrario, recaudar el impuesto sobre la renta de las sociedades de conformidad con las normas.

2. Respecto al alcance de la exención del impuesto sobre la renta para "entidades logísticas universitarias"

Según el "Aviso del Ministerio de Hacienda y la Administración Estatal de Impuestos sobre las políticas fiscales relativas a la Reforma de socialización de la logística universitaria "(Finanzas e impuestos [2000] No. 25), las empresas que disfrutan de la política de reducción y exención del impuesto sobre la renta de las "entidades de logística universitaria" deben establecerse desde el departamento de gestión de logística de la universidad original durante la reforma de la universidad. sistema logístico, llevar una contabilidad independiente y tener estatus de persona jurídica. Al mismo tiempo, las escuelas siguen siendo los principales objetivos de servicio y los ingresos obtenidos provienen principalmente de las entidades económicas de la escuela. Otras entidades económicas constituidas al margen de la reforma del sistema logístico universitario no gozarán de la política de exención fiscal de "entidades logísticas universitarias".