Medidas de gestión de viviendas públicas de alquiler en la ciudad de Hohhot
Capítulo 1 Disposiciones Generales Artículo 1 Con el fin de mejorar el sistema de seguridad y oferta de viviendas multinivel y estandarizar la gestión de las viviendas públicas de alquiler, estas medidas se formulan de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes y en conjunto con las situación actual de esta ciudad. Artículo 2 Estas Medidas se aplican a la planificación, construcción, distribución, uso y gestión de viviendas públicas en alquiler dentro de las áreas de planificación urbana de esta ciudad.
El término “vivienda pública de alquiler”, como se menciona en estas Medidas, se refiere a que el gobierno invierta o proporcione apoyo político, limite el tamaño de las unidades y los niveles de alquiler, y proporcione vivienda a familias urbanas de ingresos bajos y medios. dificultades, trabajadores recién empleados sin vivienda y residentes actuales alquilados por trabajadores migrantes con empleo estable en esta ciudad. Artículo 3 El desarrollo de viviendas públicas de alquiler seguirá los principios de liderazgo gubernamental, participación social, condiciones locales, desarrollo coordinado, planificación general, implementación paso a paso, apertura y equidad, y supervisión estricta. Artículo 4 El departamento administrativo municipal de seguridad de la vivienda es el departamento administrativo encargado de la gestión de la vivienda pública de alquiler en esta ciudad.
Los departamentos y agencias tales como desarrollo y reforma, construcción urbana y rural, planificación, tierras y recursos, finanzas, asuntos civiles, seguridad pública, recursos humanos y seguridad social, supervisión y adquisición y almacenamiento de tierras deberán, de acuerdo con sus respectivas responsabilidades, coordinarse para hacer un buen trabajo en los asuntos públicos ** *Trabajos de gestión de viviendas de alquiler. Capítulo 2 Planificación, construcción y obtención de recursos habitacionales Artículo 5 El departamento municipal de seguridad de la vivienda, junto con los departamentos municipales de desarrollo y reforma, planificación, recursos territoriales, construcción urbana y rural y otros departamentos, preparará un plan de desarrollo de viviendas públicas de alquiler y un plan anual de construcción. plan, y presentarlos al Gobierno Popular Municipal para su aprobación posterior. Artículo 6 Las fuentes de vivienda pública de alquiler incluyen:
(1) Casas invertidas por el gobierno o construidas por empresas de inversión estatales
(2) Viviendas comerciales ordinarias y económicamente asequibles; vivienda Casas con construcción de apoyo en vivienda;
(3) Casas compradas o arrendadas por el gobierno en el mercado;
(4) Casas convertidas de viviendas de bajo alquiler y viviendas públicas en de acuerdo con las regulaciones pertinentes;
(5) Casas levantadas a través de donaciones sociales y otros canales. Artículo 7 Las nuevas viviendas públicas de alquiler se construirán mediante construcción centralizada o construcción de apoyo.
La vivienda pública en alquiler está sujeta al principio de "quien invierte, es propietario", y los derechos e intereses de los inversores pueden ser transferidos de acuerdo con la ley. Artículo 8 Los nuevos proyectos de construcción de viviendas comerciales generales y viviendas económicamente asequibles estarán equipados con entre 2 y 7 unidades de viviendas públicas de alquiler de acuerdo con los requisitos del contrato de transferencia de tierras o los documentos pertinentes para la asignación de tierras. La proporción específica será determinada por el gobierno municipal. cuando el terreno se traspasa y cotiza. La vivienda pública de alquiler construida debe completarse al mismo tiempo que el proyecto de desarrollo inmobiliario, y si cumple con las condiciones de vida después de la decoración inicial y pasa la inspección de aceptación, el departamento municipal de seguridad de vivienda la alquilará a solicitantes calificados de vivienda pública de alquiler. Artículo 9 Para las viviendas públicas de alquiler invertidas y construidas por el gobierno, los terrenos de construcción se asignarán administrativamente; para las viviendas públicas de alquiler invertidas y construidas por empresas de inversión estatales y otras empresas, los terrenos de construcción se proporcionarán mediante transferencia y los terrenos; para viviendas públicas de alquiler se transferirán. El departamento municipal de gestión de seguridad de viviendas determinará el tipo de vivienda, los estándares e instalaciones de construcción y las condiciones de apoyo como requisitos previos para el suministro de terrenos. Artículo 10 Las viviendas públicas de alquiler de nueva construcción serán principalmente unidades pequeñas con una superficie de construcción única de aproximadamente 40 metros cuadrados; las viviendas públicas de alquiler construidas en forma de dormitorios colectivos deberán cumplir con las especificaciones de diseño del edificio de dormitorios, y el máximo será no exceder los 80 m². Artículo 11 Para los proyectos de viviendas públicas de alquiler construidos mediante transferencia de terrenos, el departamento de planificación permitirá que se construya una cierta proporción de edificios comerciales para complementar los fondos de construcción de viviendas públicas de alquiler.
La proporción específica de construcción de apoyo debe ser aclarada por el gobierno municipal cuando el terreno sea transferido y catalogado. Artículo 12 Las viviendas públicas de alquiler invertidas y construidas por empresas de inversión estatales y otras empresas no se venderán sin la aprobación del departamento municipal de seguridad de la vivienda. El departamento municipal de seguridad de la vivienda formulará medidas de gestión para la cotización y comercialización de viviendas públicas de alquiler en función de la situación de construcción de viviendas públicas de alquiler y las necesidades sociales de la ciudad, y las presentará al Gobierno Popular Municipal para su aprobación antes de su implementación. Artículo 13: Además de los fondos especiales de subsidio dispuestos por el Estado, los fondos requeridos por el Gobierno para invertir en la construcción o compra de viviendas públicas de alquiler estarán garantizados por las finanzas municipales y distritales de acuerdo con el plan anual de construcción de viviendas públicas. vivienda de alquiler.
Artículo 14 Los ingresos por alquiler de viviendas públicas en alquiler de propiedad del gobierno se transferirán al tesoro al mismo nivel, sujetos a una gestión de "dos líneas de ingresos y gastos", y se utilizarán exclusivamente para reembolsar préstamos para viviendas públicas en alquiler y viviendas públicas en alquiler. . reparar.
En el caso de viviendas públicas de alquiler propiedad de una empresa, los ingresos por alquiler pertenecen a la empresa. Artículo 15 Los proyectos de construcción de viviendas públicas de alquiler podrán disfrutar de fondos especiales de subsidio para la construcción de viviendas públicas de alquiler del Estado, de la Comunidad Autónoma y de esta ciudad.
Los estándares del fondo de subsidio especial de la ciudad para proyectos de construcción de viviendas públicas de alquiler se determinan en función de los ingresos netos de la transferencia de tierras del proyecto y los indicadores de planificación del proyecto. El gobierno municipal realizará ajustes oportunos según las condiciones del mercado inmobiliario. Artículo 16 Para la construcción y transacción de viviendas públicas de alquiler, se implementarán incentivos fiscales de acuerdo con las políticas nacionales pertinentes y estarán exentos los costos administrativos y los fondos gubernamentales, como los costos de apoyo a la infraestructura urbana. Capítulo 3 Gestión del acceso Artículo 17 Cuando se solicite vivienda pública de alquiler, las familias o personas que vivan de forma independiente serán las unidades de solicitud. Si la solicitud es de una familia, se designará como solicitante a una persona de cada familia, y los demás miembros de la familia serán el mismo solicitante; si la solicitud es un individuo, el solicitante será él mismo; Cada unidad solicitante solo puede solicitar el alquiler de un conjunto de viviendas públicas de alquiler. Artículo 18 Las familias urbanas de ingresos medios y bajos con dificultades de vivienda que soliciten viviendas públicas de alquiler deben cumplir las siguientes condiciones:
(1) Uno de los miembros de la familia tiene un registro de hogar en esta ciudad y realmente vive en esta ciudad
(2) El ingreso familiar mensual per cápita es menos de 7 veces el nivel de vida mínimo para los residentes urbanos
(3) Sin vivienda, sin alquiler de vivienda pública; , y no disfrutar de otra política de seguridad de vivienda.
Las familias que hayan pasado la revisión de calificación de vivienda de alquiler bajo y estén en la lista de espera pueden presentar su solicitud directamente a la oficina del subdistrito o al gobierno popular del municipio donde se encuentra su registro familiar para solicitar vivienda pública de alquiler. .