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Métodos y estándares de cálculo para el pago de horas extras durante el Día Nacional

Subjetividad legal:

Los días 1, 2 y 3 de octubre son feriados legales. La fórmula de cálculo es salario mensual ÷21,75÷8×horas extra×3 veces. El método de cálculo para los días de descanso del 4 al 7 de octubre es salario mensual ÷ 21,75 ÷ 8 × número de horas extras × 2 veces. Objetividad jurídica:

El artículo 44 de la “Ley del Trabajo” estipula que bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador deberá pagar salarios superiores a la jornada normal de trabajo del trabajador de acuerdo con las siguientes normas: (1) Si se organiza que los trabajadores extiendan sus horas de trabajo, se les pagará una remuneración salarial de no menos del 150% del salario; (2) Si se organiza que los trabajadores trabajen en días de descanso pero no se pueden organizar licencias compensatorias, se les pagará un salario no menor; más del 150% del salario 200 remuneración salarial (3) Si los trabajadores están dispuestos a trabajar en días feriados legales, se pagará una remuneración salarial no inferior al 300% del salario.