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Reglamento de Gestión de Normas Mínimas de Operación y Procedimientos de Vuelo del Aeropuerto Civil

Reglamento sobre la Gestión de Normas Mínimas para los Procedimientos y Operaciones de Vuelo en Aeropuertos Civiles

El Reglamento sobre la Gestión de Normas Mínimas sobre los Procedimientos y Operaciones de Vuelo en Aeropuertos Civiles (CCAR-97FS- R3, en adelante denominado el "Reglamento") entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2017. El siguiente es el texto completo del reglamento, bienvenido a leer

Reglamento de gestión de procedimientos de vuelo de aeropuertos civiles y estándares mínimos de operación

Índice de contenidos

Capítulo 1 Disposiciones Generales

Sección 3 Modificación y Optimización de Procedimientos de Vuelo y Normas Mínimas de Operación en Aeropuertos de Transporte

Capítulo 3 Aprobación, Verificación, Vuelo de Prueba y Publicación de Procedimientos de Vuelo y Estándares Mínimos de Operación

Capítulo 4 Uso y mantenimiento de procedimientos de vuelo y estándares mínimos de operación

Capítulo 5 Gestión de diseñadores y unidades de procedimientos de vuelo

Capítulo 6 Supervisión y inspección

Capítulo 7 Responsabilidades Legales

Capítulo 8 Disposiciones Complementarias

Procedimientos de Vuelo en Aeropuertos Civiles y Reglamento de Gestión del Estándar Mínimo de Operación

Capítulo 1 Generalidades Disposiciones

Artículo 1 Con el fin de garantizar la seguridad de las operaciones de vuelo de aeronaves civiles y estandarizar la gestión de los procedimientos de vuelo de los aeropuertos civiles y las normas mínimas de operación, de conformidad con la "Ley de Aviación Civil de la República Popular China y Las "Reglas básicas de vuelo" y el "Reglamento de gestión de aeropuertos civiles" de la República Popular China formulan estos reglamentos.

Artículo 2 Este reglamento se aplica a la formulación, aprobación, uso y mantenimiento de estándares mínimos de diseño y operación de procedimientos de vuelo para aeropuertos civiles (incluidas las partes civiles de aeropuertos civiles y militares conjuntos) dentro del territorio de la República Popular. República de China y la República Popular China, así como las actividades de investigación de servicios de navegación aérea relacionadas con procedimientos de vuelo y mínimos de operación.

Artículo 3 Los procedimientos de vuelo en este reglamento se refieren a una serie de requisitos de maniobra secuenciales estipulados para la operación de aeronaves en el área del aeropuerto, tales como área de vuelo, pista, altitud, regulaciones y restricciones de velocidad, etc. , generalmente incluyen procedimientos de despegue y salida, procedimientos de llegada, procedimientos de aproximación, procedimientos de aproximación frustrada y procedimientos de espera, etc., que se dividen en dos categorías: procedimientos de vuelo por instrumentos y procedimientos de vuelo visual. Los procedimientos de vuelo por instrumentos incluyen procedimientos de vuelo de navegación tradicionales y procedimientos de vuelo de navegación basada en la performance (PBN).

Los estándares mínimos de operación de un aeropuerto se refieren a las restricciones operativas que un aeropuerto puede utilizar para el despegue, la aproximación y el aterrizaje, incluida la visibilidad (VIS), el alcance visual en la pista (RVR), la altitud/altura mínima de descenso (MDA/H). ), Altitud/altura de decisión (DA/H), altura de la base de las nubes, etc.

Artículo 4 Los aeropuertos de transporte establecerán procedimientos de vuelo por instrumentos y procedimientos de vuelo visual según sea necesario. Los aeropuertos generales podrán establecer procedimientos de vuelo por instrumentos o visuales.

Artículo 5 La Administración de Aviación Civil de China (en adelante, la Administración de Aviación Civil) es responsable de la supervisión y gestión de los procedimientos de vuelo y los estándares operativos mínimos en los aeropuertos civiles de todo el país, formula políticas y estándares técnicos relevantes. y gestiona diseñadores y unidades de procedimientos de vuelo.

Artículo 6 La Administración Regional de Aviación Civil de China (en adelante, la Administración Regional) es responsable de la aprobación y gestión de los procedimientos de vuelo de los aeropuertos civiles y las normas mínimas de operación dentro de su jurisdicción, organizando vuelos de prueba en los aeropuertos. , y supervisar e inspeccionar la implementación. Responsable específico de la supervisión diaria de los diseñadores y unidades de procedimientos de vuelo.

Artículo 7 Corresponde al organismo gestor aeroportuario la formulación, modificación, optimización, mantenimiento y aprobación de las normas mínimas de diseño y operación de procedimientos de vuelo aeroportuarios.

Las agencias de gestión aeroportuaria deben establecer y mejorar continuamente sistemas y procedimientos relacionados con el diseño de procedimientos de vuelo y estándares mínimos de operación.

Capítulo 2 Preparación de las normas mínimas de diseño y operación de procedimientos de vuelo

Sección 1 Requisitos básicos

Artículo 8 La preparación de las normas mínimas de diseño y operación de procedimientos de vuelo deberá seguir los siguientes principios:

(1) Asegurar que la aeronave tenga el margen de franqueamiento de obstáculos requerido en la ruta de vuelo y altitud planificadas, y pueda volar sobre o evitar obstáculos con seguridad

(2; ) ) Cumplir con los requisitos de desempeño de las aeronaves, facilitar las operaciones de los pilotos y ayudar a mejorar la seguridad, normalidad y eficiencia de las operaciones de las aeronaves.

(3) Cumplir con los requisitos de uso del espacio aéreo, facilitar la prestación de servicios de tránsito aéreo y reducir la posibilidad de conflictos de vuelo, propicios para mejorar la capacidad del aeropuerto y la eficiencia de uso

(4) Propicio para la protección del medio ambiente, reducción del impacto acústico y reducción del consumo de combustible

(5) Coordinación; con la planificación urbanística de la construcción;

(6) Contribuir al avance de la aplicación de las nuevas tecnologías de navegación.

Artículo 9 Los siguientes factores deben considerarse en la formulación del diseño de procedimientos de vuelo y estándares mínimos de operación:

(1) Características del terreno y obstáculos y planes de tratamiento de autorización

;

(2) Condiciones de soporte de las instalaciones y equipos del aeropuerto;

(3) Categoría de aeronave, desempeño y equipo aeroportuario;

(4) La necesidad de procedimientos de emergencia en caso de falla del primer motor; durante el despegue;

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(5) Operación del piloto

(6) Condiciones del espacio aéreo

(7) Conexión con rutas y rutas relevantes;

(8) Métodos de servicio del tráfico aéreo;

(9) Características meteorológicas de la aviación;

(10) Impacto ambiental, desarrollo aeroportuario y planificación urbana.

Artículo 10 El diseño de procedimientos de vuelo y la formulación de estándares mínimos operativos deberán cumplir con los “Procedimientos para los servicios de navegación aérea - Operaciones de aeronaves” de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) (Doc

8168) y otras normas tecnológicas relacionadas y reglamentos pertinentes de la Administración de Aviación Civil. Si es necesario desviarse de las normas anteriores debido a las condiciones del terreno, uso del espacio aéreo, etc., se debe realizar una evaluación de seguridad y obtener una aprobación especial de la Administración de Aviación Civil.

Artículo 11 La formulación de normas mínimas de diseño y operación de procedimientos de vuelo puede ser completada por la propia agencia de gestión del aeropuerto o puede encomendarse a una unidad de diseño de procedimientos de vuelo.

Artículo 12 Durante el proceso de formulación de estándares mínimos operativos y de diseño de procedimientos de vuelo, la unidad de redacción buscará opiniones de los operadores de aeronaves, departamentos de gestión del tráfico aéreo y otras unidades relevantes, y las unidades anteriores cooperarán.

Artículo 13 La agencia de gestión aeroportuaria es responsable de coordinar con el gobierno local y las unidades de aviación civil y militar pertinentes para resolver conjuntamente las condiciones del espacio aéreo requeridas para el diseño de procedimientos de vuelo.

Sección 2 Diseño de procedimientos de vuelo para aeropuertos de transporte recién construidos, reconstruidos y ampliados

y formulación de normas mínimas de funcionamiento

Artículo 14 Recién construidos, reconstruidos y ampliados aeropuertos de transporte La formulación del diseño de los procedimientos de vuelo y las normas mínimas operativas debe llevarse a cabo simultáneamente con la selección, planificación y construcción del sitio del aeropuerto, y generalmente se divide en cuatro pasos:

(1) Estudio preliminar de los procedimientos de vuelo ;

(2) Investigación del plan de procedimientos de vuelo;

(3) Diseño preliminar de procedimientos de vuelo;

(4) Diseño formal de procedimientos de vuelo.

Artículo 15: El estudio previo de los procedimientos de vuelo es la evaluación de sitios o planes alternativos basados ​​en los elementos básicos del entorno operativo del vuelo durante la etapa de selección del sitio del aeropuerto de transporte o propuesta de proyecto (estudio de prefactibilidad). Realizar análisis y comparaciones integrales de procedimientos de vuelo y seleccionar sitios o soluciones que sean más beneficiosas para las operaciones de aeronaves y la gestión del tráfico aéreo.

Los contenidos principales incluyen:

(1) Condiciones de autorización

(2) Condiciones del espacio aéreo

(3) Factores meteorológicos; > (4) Configuración básica y modo de operación de la pista;

(5) Plan básico de instalaciones de navegación

(6) Plan básico de ruta y aproximación y salida

(7) Impacto en la planificación urbana y la protección ambiental;

(8) Para sitios con terreno y espacio aéreo complejos, se deben realizar cálculos específicos y explicaciones de despegue y aproximación final, así como otros argumentos. también se incluirán Materiales requeridos;

(9) Dictamenes de coordinación de la aviación militar y civil.

El artículo 16 "La investigación del plan de procedimiento de vuelo" se lleva a cabo durante la etapa del estudio de viabilidad de la construcción del aeropuerto de transporte y la etapa de planificación general del aeropuerto, sobre la base del sitio determinado y las conclusiones del estudio de prefactibilidad, o sobre la base de la Plan general del aeropuerto Planificar, determinar el plan básico de procedimientos de vuelo. Los contenidos principales incluyen:

(1) Configuración y ubicación de la pista

(2) Plan de planificación del espacio aéreo

(3) Ruta y planes de aproximación y salida;

(4) Disposición de las instalaciones de navegación y ayudas visuales a la navegación;

(5) Procedimientos de despegue, aproximación final y normas mínimas de operación;

(6) Básico; requisitos para el control de autorización y planes de tratamiento de autorización;

(7) Estado de coordinación y conclusiones de los procedimientos de vuelo de la aviación militar y civil.

Artículo 17: El diseño preliminar de los procedimientos de vuelo se basa en la escala de construcción y el plan general aprobados, así como el plan de tratamiento de autorización, el plan de coordinación del espacio aéreo y la preselección del sitio de la estación de navegación después del estudio de factibilidad de Se aprueba el proyecto del aeropuerto de transporte y se propone un plan de diseño específico para el procedimiento de vuelo. Los contenidos principales incluyen:

(1) Requisitos de tipo y ubicación de las instalaciones de navegación

(2) Planes específicos para la planificación de rutas

(3) Vuelo; Diseño detallado del programa y conclusión de la demostración;

(4) Altitud/altura mínima de franqueamiento de obstáculos y estándares operativos mínimos

(5) Procedimiento de ajuste del altímetro

(; 6) Plan de protección y tratamiento de autorización del aeropuerto;

(7) Solicitud de opiniones de los operadores de aeronaves, departamentos de control de tráfico aéreo y otras unidades en función de las necesidades de operación del aeropuerto.

Artículo 18: El diseño formal de los procedimientos de vuelo se determina durante la etapa de terminación de la construcción del aeropuerto de transporte con base en la pista real, instalaciones de navegación, ayudas visuales para la navegación, obstáculos, etc., así como Restricciones del espacio aéreo. Procedimientos de vuelo. Los contenidos principales incluyen:

(1) Proceso detallado y conclusión del diseño del procedimiento de vuelo

(2) Altitud/altura mínima de franqueamiento de obstáculos y estándares mínimos de operación

(3) Procedimiento de ajuste del altímetro;

(4) Procedimiento estándar de aproximación por instrumentos;

(5) Procedimiento estándar de salida por instrumentos;

(6 ) procedimientos de aproximación;

(7) Procedimientos de vuelo visual (si es necesario);

(8) Solicitud de opiniones de operadores de aeronaves, departamentos de control de tráfico aéreo y otras unidades;

(9) Otra información de navegación relevante.

Artículo 19 El informe de diseño de procedimientos de vuelo se elaborará de acuerdo con las especificaciones pertinentes de la Administración de Aviación Civil.

Sección 3 Modificación y Optimización de los Procedimientos de Vuelo del Aeropuerto de Transporte y Normas Mínimas de Operación

Artículo 20 Cuando ocurran las siguientes circunstancias, la agencia gestora del aeropuerto de transporte deberá modificar los procedimientos y operaciones de vuelo según sea necesario Evaluar los estándares mínimos y realizar modificaciones y optimizaciones cuando sea necesario:

(1) Ajustes del espacio aéreo o rutas, rutas y cambios en los métodos de control y operación;

(2) Instalaciones de navegación; y objetivos Cambios en las ayudas visuales a la navegación y el uso de nuevas tecnologías de navegación;

(3) Cambios en el tipo de aeronave que opera;

(4) Cambios en las condiciones de los obstáculos; /p>

(5) Cambios en las condiciones de la pista;

(6) Cambios en las especificaciones de diseño de procedimientos de vuelo y criterios de formulación de estándares mínimos de operación;

(7) Cambios significativos en; requisitos de operación del aeropuerto;

(8) Otras situaciones que puedan afectar la ejecución de los procedimientos de vuelo y el uso normal.

Artículo 21 La modificación u optimización de los procedimientos de vuelo y estándares mínimos de operación podrá realizarse de acuerdo con las circunstancias específicas con referencia a los requisitos de los artículos 16, 17 y 18 de este reglamento.

Capítulo 3 Aprobación, verificación, vuelo de prueba y anuncio de los procedimientos de vuelo y normas mínimas de operación

Artículo 22 Estudio preliminar de los procedimientos de vuelo en la elaboración del informe de selección del sitio del aeropuerto de transporte y transporte. La propuesta de proyecto del aeropuerto (informe del estudio de prefactibilidad) se completa cuando se prepara la propuesta del proyecto del aeropuerto (informe del estudio de prefactibilidad), y el estudio del programa de procedimientos de vuelo se completa cuando se prepara el informe del estudio de factibilidad del proyecto del aeropuerto de transporte o el informe de planificación maestra del aeropuerto. . La revisión pericial del estudio previo de los procedimientos de vuelo y del estudio del plan de procedimientos de vuelo se lleva a cabo simultáneamente con la revisión pericial de la construcción del aeropuerto.

Artículo 23: El informe preliminar de diseño del procedimiento de vuelo será presentado por la agencia gestora del aeropuerto de transporte a la oficina de administración regional para su revisión y opiniones.

Artículo 24: El informe formal de diseño de procedimientos de vuelo será presentado por la agencia gestora del aeropuerto de transporte a la administración regional para su aprobación.

Una vez aprobado el procedimiento de vuelo, se verificará el procedimiento de vuelo y se realizará un vuelo de prueba en el aeropuerto de conformidad con el artículo 27. La agencia de gestión del aeropuerto de transporte presentará el estado de verificación del procedimiento de vuelo a la administración regional, y los resultados de la verificación y los arreglos de trabajo correspondientes se implementarán de conformidad con el Artículo 28.

Artículo 25 La verificación del procedimiento de vuelo del aeropuerto de transporte será realizada por la agencia de gestión del aeropuerto y será implementada por la agencia de verificación de vuelo de la Administración de Aviación Civil de acuerdo con las especificaciones pertinentes.

Artículo 26 El equipo a bordo y el rendimiento de las aeronaves que realicen tareas de verificación de procedimientos de vuelo deberán cumplir los requisitos de los procedimientos de vuelo verificados.

La tripulación que realiza la tarea de verificación de procedimientos de vuelo debe comprender el conocimiento relevante del diseño de procedimientos de vuelo y el establecimiento de estándares mínimos de operación, tener la capacidad de verificar los procedimientos de vuelo y estar familiarizado con los procedimientos de vuelo que se verifican.

Una vez completada la verificación del procedimiento de vuelo, la agencia de verificación de vuelo deberá presentar un informe de verificación a la agencia de gestión del aeropuerto.

Artículo 27 Los vuelos de prueba en el aeropuerto se organizarán en las siguientes circunstancias:

(1) Después de que se hayan establecido los procedimientos de vuelo y las normas mínimas de funcionamiento de un aeropuerto de transporte de nueva construcción, renovado o ampliado. aprobado;

(2) Los procedimientos de vuelo y los estándares mínimos operativos de un aeropuerto existente han sufrido cambios significativos

(3) Los procedimientos de vuelo y las operaciones de un aeropuerto existente han cambiado debido; a la aplicación de las nuevas tecnologías de navegación Se han modificado las normas mínimas.

Los vuelos de prueba en el aeropuerto son organizados y realizados por la administración regional de acuerdo con las normas pertinentes de la Administración de Aviación Civil.

Artículo 28 Después de la verificación del procedimiento de vuelo o del vuelo de prueba en el aeropuerto, la administración regional organiza las unidades pertinentes para evaluar los resultados de la verificación o del vuelo de prueba. Si es necesario modificar los procedimientos de vuelo y los estándares mínimos de operación, el aeropuerto. agencia de gestión Después de la revisión, presentarlo a la administración regional para su aprobación.

Artículo 29 Los procedimientos de vuelo y normas mínimas de operación de los aeropuertos de transporte serán emitidos por la agencia de servicios de información aeronáutica de la Administración de Aviación Civil de conformidad con la normativa pertinente.

Capítulo 4 Uso y mantenimiento de procedimientos de vuelo y normas mínimas operativas

Artículo 30 Gestión de la aviación de pilotos, despachadores de vuelo, controladores de tránsito aéreo y organizaciones de gestión aeroportuaria El personal debe dominar los conocimientos básicos de procedimientos de vuelo y estándares mínimos de operación, estar familiarizado con los requisitos para el uso de procedimientos de vuelo, y organizar e implementar vuelos, apoyo operativo y proporcionar servicios de tránsito aéreo de acuerdo con los procedimientos de vuelo y estándares mínimos de operación publicados.

Artículo 31 Cuando los operadores de aeronaves, los departamentos de gestión del tráfico aéreo y otras unidades o personas descubran defectos, errores o factores inseguros en los procedimientos de vuelo o en las normas mínimas de operación, deberán informarlo oportunamente a la agencia gestora del aeropuerto. . La agencia de gestión del aeropuerto debe establecer métodos y procedimientos de trabajo apropiados, recopilar el uso y sugerencias de los procedimientos de vuelo, responder de manera oportuna y realizar trabajos de modificación y optimización.

Artículo 32 Las agencias de gestión aeroportuaria deben fortalecer las inspecciones de autorización de los aeropuertos y monitorear los cambios en edificios, estructuras, árboles y otros obstáculos fijos o móviles que puedan afectar los procedimientos de vuelo y los estándares mínimos operativos. Si es necesario, se deben coordinar los departamentos pertinentes. realizar evaluaciones de seguridad y proponer soluciones de acuerdo con las regulaciones pertinentes de la Administración de Aviación Civil.

El departamento de gestión del tránsito aéreo consultará y notificará prontamente a los aeropuertos y administraciones regionales pertinentes el contenido pertinente del artículo 20, apartados 1 y 2, de la unidad, para que la agencia gestora del aeropuerto pueda modificar el Procedimientos de vuelo aeroportuarios y Normas mínimas de operación.

Artículo 33 Cuando exista una falla en las instalaciones de navegación, ayudas visuales a la navegación o instalaciones de detección meteorológica u otras emergencias que afecten las operaciones seguras, y sea necesario cambiar de manera inmediata y temporal los procedimientos de vuelo y mejorar los estándares mínimos de operación, la agencia de gestión del aeropuerto Debería revisarse inmediatamente y notificarse a las unidades operativas y al personal pertinentes en forma de NOTAM, etc., pero debería informarse rápidamente a la administración regional y aprobarse posteriormente. Una vez eliminada la situación de emergencia, los procedimientos de vuelo originales y los estándares mínimos operativos deben restablecerse de manera oportuna e informarse a la administración regional.

Si las instalaciones de navegación y las instalaciones de detección meteorológica están afiliadas al departamento de gestión del tránsito aéreo, el departamento de gestión del tránsito aéreo deberá notificar de inmediato a la agencia de gestión del aeropuerto cuando las instalaciones funcionen mal u otras emergencias que afecten la operación segura.

Artículo 34 Cuando existan necesidades operativas especiales, con la aprobación de la administración regional, el operador de aeronaves podrá establecer sus propios procedimientos de vuelo específicos y estándares mínimos de operación, y notificarlo a la agencia gestora del aeropuerto y al departamento de gestión del tráfico aéreo. , en caso contrario no se podrá realizar la operación.

Capítulo 5 Gestión de unidades y diseñadores de procedimientos de vuelo

Artículo 35 La Administración de Aviación Civil de China es responsable de organizar y formular el programa de formación de los diseñadores de procedimientos de vuelo.

Artículo 36 Los diseñadores de procedimientos de vuelo que realicen trabajos de diseño deben realizar prácticas de diseño de procedimientos de vuelo durante más de un año.

Artículo 37 La unidad de diseño de procedimientos de vuelo deberá tener tres o más diseñadores, contar con espacio de oficina, equipo, software de diseño y otras condiciones adecuados, establecer un sistema de garantía de calidad correspondiente y presentarlo a la Administración de Aviación Civil de Presentación de China.

Artículo 38 La unidad de diseño de procedimientos de vuelo garantizará que sus diseñadores de procedimientos de vuelo tengan los conocimientos y habilidades necesarios relacionados con el diseño de procedimientos de vuelo, estén familiarizados con las especificaciones de diseño de procedimientos de vuelo pertinentes y participen en entrenamiento básico y entrenamiento regular. capacitación.

La formación básica y la formación regular para diseñadores de procedimientos de vuelo deben cumplir con los requisitos del programa de formación formulado por la Administración de Aviación Civil de China.

Para una agencia de gestión aeroportuaria que completa el trabajo de diseño de procedimientos de vuelo por sí misma, la agencia debe asegurarse de que sus diseñadores de procedimientos de vuelo cumplan con los requisitos de este artículo.

Capítulo 6 Supervisión e Inspección

Artículo 39 La Administración de Aviación Civil y las administraciones regionales supervisarán e inspeccionarán los procedimientos de vuelo y las normas mínimas de operación de los aeropuertos civiles de acuerdo con sus funciones.

Artículo 40 La Administración de Aviación Civil de China es responsable de inspeccionar la implementación del programa de capacitación para diseñadores de procedimientos de vuelo. Si durante la inspección se encuentra alguna inconsistencia entre la implementación real y el programa de capacitación, la unidad de capacitación deberá presentar una declaración de la situación a la Administración de Aviación Civil y obtener la aprobación de la Administración de Aviación Civil. Durante este período, la unidad de formación no continuará impartiendo formación a los diseñadores de procedimientos de vuelo.

Artículo 41 La administración regional supervisará e inspeccionará el estado de presentación de las unidades de diseño de procedimientos de vuelo, la formación, calificaciones y mantenimiento de registros de los diseñadores de procedimientos de vuelo.

Artículo 42 La administración regional inspeccionará el trabajo de la agencia gestora del aeropuerto.

Durante la inspección, se descubrió que la agencia de gestión del aeropuerto civil no implementó estrictamente los requisitos pertinentes del artículo 7, y la administración regional debería ordenarle que hiciera correcciones dentro de un plazo.

Capítulo 7 Responsabilidades Legales

Artículo 43 Violación del artículo 20 de este Reglamento si el organismo gestor del aeropuerto de transporte no modifica y optimiza con prontitud los procedimientos de vuelo y los estándares mínimos de operación, la administración regional deberá ordenar correcciones y dar una advertencia; si se realizan correcciones dentro del plazo, se impondrá una multa de no más de 10.000 yuanes; si las circunstancias son graves, se impondrá una multa de no más de 30.000 yuanes;

Artículo 44 Si la agencia gestora del aeropuerto viola el artículo 33 de este reglamento y no ajusta rápidamente los procedimientos de vuelo y los estándares mínimos de operación y no publica la información relevante, la administración regional le ordenará que haga correcciones y dé una advertencia. Si las circunstancias son graves, se impondrá una multa no superior a 30.000 yuanes.

Artículo 45 Si la unidad de diseño de procedimientos de vuelo viola el artículo 37 de este reglamento y no se registra en la Administración de Aviación Civil, la administración regional le ordenará que haga correcciones y le dé una advertencia si no lo hace; correcciones dentro del plazo, se le impondrá una multa de 10.000 yuanes. Una multa inferior a 10.000 RMB.

Capítulo 8 Disposiciones Complementarias

Artículo 46 El presente reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 2017. El "Reglamento sobre el desarrollo y la implementación de normas mínimas para las operaciones aeroportuarias" (Orden CAAC No. 98), que entró en vigor el 26 de febrero de 2001, y la "Revisión de la Administración de Aviación Civil de China sobre las "Operaciones aeroportuarias " que entró en vigor el 16 de junio de 2003. Al mismo tiempo, se deroga la Decisión sobre el establecimiento y la implementación de normas mínimas (Orden CAAC No. 119).

Últimas noticias

La última revisión del "Reglamento de Gestión de Normas Mínimas de Operación y Procedimientos de Vuelo de Aeropuertos Civiles" (CCAR-97FS-R3, en adelante denominado el "Reglamento") Se implementará en enero de 2017. Con vigencia a partir del 1ro. En comparación con antes de la revisión, el Reglamento ha pasado de ser reglamentos técnicos a ser reglamentos administrativos. El 8 de noviembre, el Departamento de Normas de Vuelo de la Administración de Aviación Civil de China celebró una videoconferencia promocional en Beijing y propuso requisitos de trabajo para la implementación del "Reglamento". Es necesario prestar más atención a las nuevas regulaciones, implementarlas. bueno, y hacer un buen trabajo en la supervisión de seguimiento.

“Reglamento” Capítulo 8 Capítulo 46, que incluye principios generales, formulación de procedimientos de vuelo, diseño de estándares mínimos de operación, aprobación, verificación, vuelo de prueba y publicación, uso y mantenimiento de procedimientos de vuelo y estándares mínimos de operación, Gestión , supervisión e inspección, responsabilidades legales, estatutos, etc. de las unidades y el personal de diseño de procedimientos de vuelo. Al mismo tiempo, las normas técnicas específicas que no involucren principios de gestión se separarán de los "Reglamentos" y se publicarán por separado en forma de especificaciones técnicas y avisos de asesoramiento para facilitar revisiones oportunas en el futuro y garantizar la seriedad y aplicabilidad a largo plazo. de los reglamentos.

La Administración de Aviación Civil de China emitió el "Reglamento sobre el desarrollo y la implementación de normas mínimas para las operaciones aeroportuarias" (Orden N° 20) en 1991. En 2001, revisó la Orden N° 20 y emitió la "Reglamento sobre el desarrollo e implementación de normas mínimas para las operaciones de aeronaves en los aeropuertos" (Orden No. 98), la segunda revisión de la Orden No. 98 en 2003 emitió el "Reglamento sobre el desarrollo e implementación de normas mínimas para las aeronaves en los aeropuertos". Operaciones" (Orden N° 119). En las condiciones históricas de operaciones de aviación civil básicamente integradas en ese momento, las tres regulaciones mencionadas no sólo lograron la plena integración de los aspectos mínimos de los procedimientos y operaciones de vuelo con las normas de la OACI, sino que también desempeñaron un papel vital en la mejora del nivel general de operación segura de aviación civil. Para adaptarse a los requisitos de la nueva situación de profundización de la reforma institucional de la aviación civil, el Departamento de Normas de Vuelo de la Administración de Aviación Civil inició el trabajo de revisión en 2011.

La Administración de Aviación Civil de China llevará a cabo una capacitación especial sobre los "Reglamentos" en noviembre para llevar a cabo discusiones especiales sobre la implementación de los reglamentos. El año que viene también se organizarán escuelas para impartir formación en diseño de procedimientos de vuelo. Al mismo tiempo, las administraciones regionales de aviación civil organizarán las oficinas reguladoras en sus jurisdicciones para llevar a cabo la supervisión e inspección de las contrapartes administrativas, como las unidades de diseño de procedimientos de vuelo y las agencias de gestión aeroportuaria, a través del Sistema de Gestión y Supervisión de Estándares de Vuelo (FSOP). ;