¿Cuándo asumió el cargo Fumio Kishida?
Japón no tiene presidente. El presidente de Japón equivale al cargo de primer ministro. A partir del 16 de enero de 2022, el Primer Ministro de Japón es Fumio Kishida.
Kishida Fumio nació el 29 de julio de 1957 en la ciudad de Hiroshima, prefectura de Hiroshima, y es un político japonés. Alguna vez fue Ministro de Relaciones Exteriores de Japón y actualmente es el 101º Primer Ministro de Japón y el 27º Presidente del Partido Liberal Democrático de Japón.
A las 3 de la tarde del 1 de septiembre de 2020, el exministro de Asuntos Exteriores japonés, Fumio Kishida, anunció oficialmente su participación en las elecciones presidenciales del Partido Liberal Demócrata en la oficina de Kishida. El 14 de septiembre, Yoshihide Suga ganó las elecciones presidenciales del Partido Liberal Demócrata. El 16 de septiembre dimitió como presidente del Partido Liberal Democrático de Japón.
En agosto de 2021 anunció su candidatura a la presidencia del Partido Liberal Democrático de Japón. El 29 de septiembre fue elegido nuevo presidente del Partido Liberal Demócrata. Como es habitual, sucederá a Yoshihide Suga como primer ministro. El 4 de octubre, Fumio Kishida se convirtió oficialmente en el Primer Ministro número 100 de Japón. El 10 de noviembre, Fumio Kishida fue elegido Primer Ministro número 101 de Japón en las elecciones para la nominación de Primer Ministro de la Cámara de Representantes de Japón.
Responsabilidades del Primer Ministro japonés
1. Organizar el gabinete y nombrar y destituir a los ministros de Estado.
2. Permitir el procesamiento del actual Secretario de Estado.
3. Proponer proyectos de ley al Congreso en nombre del gabinete.
4. Informar al Congreso en nombre del gabinete sobre asuntos internos generales y relaciones exteriores.
5. Representar al gabinete en la orientación y supervisión de los distintos departamentos administrativos.
6. Firmar leyes y decretos con el Secretario de Estado de tiempo completo.
7. Presidir las reuniones de gabinete.
8. Nombrar agentes del Primer Ministro y ministros de Estado de tiempo completo.
9. Tener la máxima autoridad de mando y supervisión de las Autodefensas.
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