¿Cuáles son las cláusulas de exención del seguro obligatorio de tráfico?
La respuesta a la cláusula de exención del seguro obligatorio de circulación es el artículo 22 del “Reglamento del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de Accidentes de Tráfico de Vehículos a Motor” cuyo contenido concreto es que el conductor no haya obtenido el título de conducción o esté conduciendo. en estado de ebriedad, o que el vehículo de motor asegurado sea hurtado o hurtado. Se provoque el accidente o el asegurado provoque intencionadamente un accidente de circulación. Base jurídica: Artículo 21 del "Reglamento sobre el seguro obligatorio de responsabilidad por accidentes de tráfico de vehículos a motor": Si un vehículo a motor asegurado se ve involucrado en un accidente de tráfico y causa lesiones personales o daños materiales a víctimas distintas de los ocupantes del vehículo o del asegurado, la compañía de seguros presentará una reclamación sobre la máquina de acuerdo con la ley. La indemnización se proporcionará dentro del límite de responsabilidad del seguro obligatorio por accidentes de tráfico en trenes de alta velocidad. Las pérdidas en accidentes de tráfico son causadas intencionadamente por la víctima y la compañía de seguros no indemniza. Artículo 22 En caso de que se dé cualquiera de las siguientes circunstancias, la compañía de seguros adelantará los gastos de salvamento dentro del límite de responsabilidad del seguro obligatorio de responsabilidad civil por accidentes de tráfico de vehículos a motor y tendrá derecho a recuperar la indemnización de la persona que haya causado la lesión: (1 ) El conductor no ha obtenido la titulación de conducción o está en estado de ebriedad (2) El vehículo de motor asegurado provoca un accidente al ser robado o atracado (3) El asegurado provoca intencionalmente un accidente de tráfico; Si un accidente de circulación se produce en alguna de las circunstancias enumeradas en el párrafo anterior, con resultado de pérdidas patrimoniales para la víctima, la compañía aseguradora no será responsable de indemnización.