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¿Qué pasará si la solicitud de patente de invención es rechazada durante el proceso de examen de fondo?

Generalmente, las solicitudes serán rechazadas bajo las siguientes circunstancias.

Si la Oficina de Patentes de la Oficina Estatal de Propiedad Intelectual determina que una solicitud de patente de invención reúne alguna de las siguientes circunstancias, será rechazada:

1. no es una invención;

2. El solicitante viola las leyes nacionales, la ética social o daña los intereses públicos;

3. El tema de la solicitud pertenece a un campo técnico para el cual tiene derechos de patente. no ha sido concedido;

4. El tema de la solicitud no es novedoso, poco creativo o poco práctico;

5. El tema de la solicitud no cumple con el requisito de que sea uno solo. se puede conceder una patente para la misma invención y creación;

6. La descripción de la solicitud no describe claramente la invención y la creación. Proporciona una descripción clara y completa en la que las reivindicaciones de la patente solicitadas no se basan. la descripción para explicar el alcance de la protección de la patente;

7. El objeto de la solicitud no cumple con el requisito de unidad para las solicitudes de patente de invención;

8. Los documentos o la solicitud divisional exceden el alcance registrado en la descripción o reivindicaciones originales.

El artículo 53 de las Normas de Aplicación de la Ley de Patentes estipula:

Según el artículo 38 de la Ley de Patentes, las circunstancias bajo las cuales una solicitud de patente de invención debe rechazarse después de un examen sustantivo incluyen :

(1) La solicitud se produce en las circunstancias previstas en los artículos 5 y 25 de la Ley de Patentes, o el derecho de patente no puede obtenerse de conformidad con las disposiciones del artículo 9 de la Ley de Patentes;

(2) La solicitud no cumple con el artículo 2, párrafo segundo, el artículo 20, párrafo primero y tercer párrafo, el artículo 26, párrafo cuarto y quinto, el artículo 31, párrafo primero, ni el primer párrafo párrafo del artículo 20 de este Reglamento; lo dispuesto en el párrafo 2;

(3) La modificación de la solicitud no se ajusta a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley de Patentes, o la solicitud divisional no se ajusta a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley de Patentes. con lo dispuesto en el artículo 43, apartado 1, de este Reglamento.