¿Me pueden despedir mientras estoy amamantando?
En el lugar de trabajo, las madres son despedidas por sus empleadores mientras están amamantando, lo cual es ilegal. El "Reglamento sobre la protección de los derechos e intereses de las empleadas" publicado por el Ministerio de Trabajo establece claramente que las empleadas durante el embarazo, el parto o el período de lactancia no serán despedidos. (El período de lactancia es de 12 meses después del nacimiento del niño). Según las leyes nacionales, el contrato laboral de una mujer lactante no puede rescindirse. Si se infringen los derechos laborales de una madre lactante, ella puede solicitar una mediación ante el comité de mediación de conflictos laborales de la unidad. Si la mediación falla y una de las partes solicita el arbitraje, puede solicitar el arbitraje a la Comisión de Arbitraje de Conflictos Laborales. Una parte también puede solicitar el arbitraje directamente a la Comisión de Arbitraje de Conflictos Laborales. Si no está satisfecho con el laudo arbitral, puede presentar una demanda directamente ante el Tribunal Popular.
¿Cómo compensar el despido durante la lactancia?
Es ilegal que una mujer sea despedida mientras está amamantando, y se le puede indemnizar según la normativa. 1. Si una empleada está embarazada, da a luz o está en período de lactancia, no se extinguirá su contrato. Si la unidad es revocada de conformidad con la ley, la unidad deberá proporcionar una compensación. El estándar de compensación es de dos meses de salario por cada año completo, duplicado durante el período de lactancia. No hay ninguna ley. 2. Si su empleador no le paga la seguridad social y el seguro médico, puede solicitar un pago atrasado o una compensación por las pérdidas. La ley a que se refiere es la Ley de Contrato de Trabajo. Artículo 82 Si el empleador no concluye un contrato de trabajo escrito con el empleado durante más de un mes pero menos de un año a partir de la fecha de empleo, deberá pagarle al empleado el doble del salario mensual. Artículo 47 La compensación económica se pagará en función del número de años que el trabajador haya trabajado en la unidad y un mes de salario por cada año completo. Si el plazo fuera superior a seis meses e inferior a un año, se computará como un año. Si el plazo es inferior a seis meses, se abonará al trabajador una compensación económica de medio mes de salario. Si el salario mensual del empleado es tres veces mayor que el salario mensual promedio local de los empleados anunciado por el gobierno popular del municipio o ciudad distrital donde está ubicado el empleador, el estándar de compensación económica pagada al empleado será tres veces el salario promedio del empleado. salario mensual. El período máximo de compensación económica no podrá exceder de 12 años. El salario mensual a que se refiere este artículo se refiere al salario promedio del trabajador en los doce meses anteriores a la extinción o extinción del contrato de trabajo. Artículo 87 Si un empleador viola las disposiciones de esta Ley al rescindir o rescindir un contrato de trabajo, deberá pagar al empleado una compensación equivalente al doble del estándar de compensación económica estipulado en el artículo 47 de esta Ley.
Normativa sobre jornada laboral durante la lactancia
Debido a la situación especial de la mujer durante la lactancia, se pueden ajustar algunos trabajos y tratos de las mujeres profesionales durante la lactancia. 1. Si una empleada amamanta a un niño menor de un año, el empresario deberá disponer una hora de lactancia materna. 2. Implementado oficialmente el 28 de abril de 2012, las empleadas embarazadas que den a luz en o después de la fecha de implementación oficial pueden disfrutar de 98 días de licencia de maternidad, y aquellas que hayan dado a luz antes pueden disfrutar de 90 días de licencia de maternidad. 3. Control de embarazo, el tiempo requerido está incluido en el tiempo de parto. 4. Si una empleada tiene un hijo a una edad posterior, su licencia de maternidad se incrementará en 20 días hábiles y la unidad del empleado le concederá una licencia de enfermería de 7 días hábiles. Sugerencia: Los empleadores deben establecer instalaciones como salas de salud para empleadas, baños para mujeres embarazadas y salas de lactancia según las necesidades de los empleados.