¿Se puede liberar bajo fianza a un detenido penal en espera de juicio?
Base jurídica: Artículo 67 de la Ley de Procedimiento Penal: Los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública podrán poner en libertad bajo fianza a los sospechosos o acusados de delitos en espera de juicio en cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1) Quienes puedan ser condenados a vigilancia pública, detención penal o penas adicionales podrán aplicarse independientemente
(2) Quienes puedan ser condenados a pena de prisión de duración determinada o superior, y siendo; la libertad bajo fianza en espera de juicio no causará un peligro social
(3) Las mujeres que están gravemente enfermas, incapaces de cuidar de sí mismas, embarazadas o amamantando a sus propios bebés quedan en libertad bajo fianza en espera de juicio y no lo harán; representan un riesgo para la sociedad;
(4) El período de detención ha expirado y el caso aún no se ha completado. El caso está resuelto y debe ser puesto en libertad bajo fianza en espera de juicio.
La libertad bajo fianza en espera de juicio será implementada por los órganos de seguridad pública.