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¿Cómo se regula el procedimiento de nuevo juicio en casos penales?

Los procedimientos de nuevo juicio de la Ley de Procedimiento Penal son los siguientes:

1. Si el caso de nuevo juicio es juzgado por el Tribunal Popular original, se formará un panel colegiado separado;

2. Los juicios original y segundo se conducirán conforme a los procedimientos de primera instancia, pudiendo apelarse la sentencia y fallo dictado o protestado;

2. Se tramita conforme al procedimiento de segunda instancia. La sentencia y fallo son sentencias y fallos definitivos.

Base jurídica

Artículo 256 de la Ley de Procedimiento Penal

Si un caso es juzgado nuevamente por el Tribunal Popular de conformidad con los procedimientos de supervisión del juicio y es juzgado por del Tribunal Popular original, se formará un panel colegiado separado. Si los hechos prueban que se trata de un caso de primera instancia, se juzgará conforme a los procedimientos de primera instancia, y la sentencia o fallo podrá ser apelado o protestado si se trata de un caso de segunda instancia, o de un caso conocido; por un tribunal superior popular, se conducirá conforme a los procedimientos de segunda instancia. La sentencia, sentencia y fallo son definitivos.

Cuando el Tribunal Popular conozca un nuevo juicio, la Fiscalía Popular del mismo nivel enviará personal para comparecer ante el tribunal.