Reglas de nomenclatura para nombres comunes de dispositivos médicos
Las palabras centrales son expresiones generales de dispositivos médicos con principios técnicos, componentes estructurales o usos previstos iguales o similares.
Las palabras características son descripciones de atributos específicos, como la pieza de uso, las características estructurales, las características técnicas o la composición del material del dispositivo médico. El sitio de uso se refiere al sitio donde actúa el producto en el cuerpo humano, que pueden ser los sistemas, órganos, tejidos y células del cuerpo humano. Las características estructurales son descripciones de la estructura y apariencia específicas de un producto. Las características técnicas son descripciones o limitaciones de los principios, mecanismos o propiedades especiales del producto. La composición del material es una descripción de los principales materiales o ingredientes de un producto. Artículo 7 Además de lo dispuesto en el artículo 6 de estas normas detalladas, la denominación común de un producto sanitario no podrá contener el siguiente contenido:
(1) Modelo y especificación;
(2) Gráficos, símbolos y otras marcas;
(3) Nombre personal, nombre de la empresa, marca registrada u otro nombre similar;
(4) "Mejor", "único" , "preciso", "efecto rápido" Términos o afirmaciones o garantías absolutas y exclusivas de la eficacia del producto;
(5) Términos que describen la efectividad y las tasas de curación;
(6) Términos que no hayan sido probados científica o clínicamente, o nombres de conceptos vacíos o hipotéticos;
(7) Manifestar expresa o implícitamente que puede curar todas las enfermedades, exagerando el ámbito de aplicación, o teniendo otros efectos engañosos o engañosos. contenido;
(8) Términos promocionales como "belleza" y "cuidado de la salud";
(9) Otro contenido prohibido por las leyes y regulaciones pertinentes. Artículo 8 De acuerdo con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 11 de la Ley de Marcas de la República Popular China, el nombre común de un dispositivo médico no podrá registrarse como marca. Artículo 9 La denominación de los reactivos de diagnóstico in vitro gestionados por dispositivos médicos se llevará a cabo de conformidad con las disposiciones pertinentes de las "Medidas de registro y gestión de reactivos de diagnóstico in vitro" (Orden Nº 5 de la Administración de Alimentos y Medicamentos de China). Artículo 10 Estas normas entrarán en vigor el 1 de abril de 2065.