Tres tipos de conductas monopólicas estipuladas en la Ley Antimonopolios
Los tres tipos de conductas monopólicas previstas en la Ley Antimonopolios requieren de un análisis específico de circunstancias concretas. A continuación se presenta un análisis de las mismas:
1. Abuso de dominio en el mercado: se refiere. a aquellos con dominio del mercado Las empresas u operadores utilizan su posición en el mercado para restringir o excluir competidores, monopolizar el mercado, infringir los derechos e intereses legítimos de otros participantes del mercado y obstaculizar o restringir la competencia en el mercado.
2. Comportamiento vinculante: se refiere a vender productos específicos o brindar servicios específicos, exigir a los consumidores que compren otros productos o servicios al mismo tiempo, o utilizar condiciones irrazonables para aprovechar su dominio en el mercado para obligar a las contrapartes. Deben recibir y pagar productos o servicios que no necesitan.
3. Comportamiento de acuerdo de monopolio: se refiere a un acuerdo alcanzado entre empresas u operadores monopolísticos para coordinar, restringir o restringir, excluir o limitar la entrada al mercado, el precio, la producción, las ventas y otros comportamientos de otros participantes en el mercado. competir para alcanzar una posición de monopolio. Este comportamiento puede provocar una disfunción del mercado y perjudicar gravemente los intereses de los consumidores y otros participantes en el mercado.
Además de las tres conductas monopólicas mencionadas anteriormente, la Ley Antimonopolios también estipula otras conductas prohibidas, tales como:
1. Trato diferencial: se refiere al tratamiento de transacciones diferentes. por diferentes compradores, vendedores o el mismo competidor en la misma transacción proporcionen diferentes condiciones de venta, condiciones de transacción u otro trato diferenciado.
2. Licitación y licitación: se refiere a la licitación en transacciones competitivas como licitaciones y subastas, con el propósito de restringir la competencia y monopolizar el mercado, mediante licitaciones conjuntas, licitaciones, etc., para lograr el objetivo final. El precio elimina y restringe la competencia.
3. Comportamiento de precios desleal: se refiere al uso de medios desleales para implementar discriminación de precios, fijación de precios, monopolio de precios y otros comportamientos, alterando el orden del mercado y perjudicando los intereses de los consumidores.
Están prohibidas las conductas que menoscaben la competencia leal. En comparación con el comportamiento monopolístico, la Ley Antimonopolio también propone medidas legales correspondientes para prevenir y combatir el comportamiento monopolístico, como sanciones por comportamiento monopolístico ilegal, compensación a las víctimas, supervisión del comportamiento empresarial, etc., para garantizar una competencia leal en el mercado. Proteger los derechos e intereses legítimos de los consumidores y otros participantes del mercado.
Suplemento:
1. Tipos de monopolio: El monopolio se divide en monopolio horizontal y monopolio vertical. El monopolio horizontal se refiere al monopolio de una o más empresas o grupos en una industria mediante el control de la oferta del mercado u otros medios; el monopolio vertical se refiere al monopolio de empresas o grupos monopolistas en una determinada cadena industrial mediante el control de factores clave de producción.
2. El impacto del monopolio: El monopolio tendrá un impacto en la economía, el mercado y los consumidores, incluyendo la inhibición de la innovación, la restricción de la producción, el aumento de los precios, la reducción del bienestar del consumidor, etc.
3. Historia de la ley antimonopolio: La ley antimonopolio se originó en los Estados Unidos y la Ley Sherman Antimonopolio se promulgó ya en 1890. Con el desarrollo de la globalización y el crecimiento del comercio internacional, muchos países y regiones han comenzado a implementar leyes antimonopolio, como la Unión Europea, Japón, China, etc.
4. Agencias de aplicación de la ley antimonopolio: diferentes países y regiones tienen diferentes agencias de aplicación de la ley antimonopolio, como la Comisión Federal de Comercio (FTC) en los Estados Unidos, la Autoridad Europea de Competencia de la Unión Europea y la Autoridad Europea de Competencia de la Unión Europea. Supervisión y Administración del Mercado Nacional de China Administración General, etc.
5. Desafíos de la ley antimonopolio: debido a la complejidad, diversidad y variabilidad del comportamiento monopolístico, la ley antimonopolio enfrenta muchos desafíos, como cómo definir el mercado, cómo juzgar la participación de mercado y cómo demostrarlo. comportamiento monopolístico esperar. Al mismo tiempo, las leyes antimonopolio, afectadas por factores como el comercio internacional y el progreso tecnológico, también deben desarrollarse y actualizarse continuamente.
Base Legal
Ley Antimonopolio
Artículo 12 Las empresas no podrán llegar a los siguientes acuerdos: (1) Restringir explícita o implícitamente la producción, las ventas, el progreso tecnológico. y otros asuntos;
(2) Separar el mercado de ventas y el mercado de suministro, y restringir el mercado de compras;
(3) Existen condiciones de transacción que restringen a otras partes de la transacción y deben ser comerciamos con ellos;
(4) Limitar los socios de transacción de otras partes en los aspectos correspondientes de la transacción según las condiciones de la transacción;
(5) Llegar a acuerdos con otras empresas para reducir o restringir las transacciones de otras partes Precio;
(6) Existen otros acuerdos que eliminan o restringen la competencia y monopolizan el mercado.
Artículo 13 Los operadores con una posición dominante en el mercado no abusarán de esta posición para obstaculizar la competencia leal, incluida la adopción de las siguientes acciones:
(1) Limitar las condiciones de transacción;
(2) Negarse a comerciar;
(3) Tratar los objetos de transacción de manera diferente;
(4) Limitar los objetos de transacción;
(5) Negarse a proporcionar sin razones legítimas servicios técnicos o soporte técnico;
(6) Implementar ventas combinadas de bienes;
(7) Vender bienes a precios irrazonablemente bajos para eliminar a los competidores.
Artículo 32: Las unidades o individuos que disfruten de derechos de propiedad intelectual no podrán utilizar su posición dominante ni abusar de los derechos de propiedad intelectual para obstaculizar la competencia leal o obstaculizar el progreso tecnológico. nivel de desarrollo tecnológico, o agrupar tecnología para la venta, licencias cruzadas obligatorias de tecnología y ningún abuso de los derechos de propiedad intelectual, como patentes y marcas registradas, para excluir o restringir la competencia.