Red de conocimiento del abogados - Consultar a un abogado - ¿Necesito contratar a un abogado después de quedar en libertad bajo fianza en espera de juicio?

¿Necesito contratar a un abogado después de quedar en libertad bajo fianza en espera de juicio?

No es necesario contratar a un abogado para obtener la libertad bajo fianza en espera del juicio. Los sospechosos de delitos, los acusados, sus representantes legales y sus familiares cercanos pueden solicitar la libertad bajo fianza en espera del juicio. Según la ley, los sospechosos y acusados ​​de delitos que quedan en libertad bajo fianza en espera de juicio no representarán un riesgo para la sociedad para las mujeres que pueden ser condenadas a vigilancia, detención penal o castigo adicional de forma independiente, mujeres que están gravemente enfermas, incapaces de cuidar de ellas mismas, embarazadas o amamantando a sus propios bebés. Si es sexual, puede quedar en libertad bajo fianza en espera de juicio.

Base jurídica

Ley de procedimiento penal de la República Popular China

Artículo 67 Los tribunales populares, las fiscalías populares y los órganos de seguridad pública se ocuparán de los delitos tipificados en cualquier de las siguientes circunstancias: Los sospechosos y acusados ​​pueden ser puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio:

(1) Aquellos que pueden ser condenados a vigilancia, detención penal o penas adicionales pueden aplicarse de forma independiente;

(2) Quienes puedan ser condenados a pena de prisión de duración determinada o pena superior a 1.000 o más, quedarán en libertad bajo fianza en espera de juicio, no representarán riesgo para la sociedad;

(3). ) Las mujeres que están gravemente enfermas, incapaces de cuidarse a sí mismas, que están embarazadas o amamantando a sus propios bebés no representarán un riesgo para la sociedad si quedan en libertad bajo fianza en espera de juicio;

p>

(4) El período de detención ha expirado y el caso aún no ha concluido y es necesario quedar en libertad bajo fianza en espera de juicio.

La libertad bajo fianza en espera de juicio será implementada por los órganos de seguridad pública.

Artículo 68: Cuando el tribunal popular, la fiscalía popular y los órganos de seguridad pública decidan poner en libertad bajo fianza a un sospechoso o acusado de un delito en espera del juicio, ordenarán al sospechoso o acusado que proporcione un fiador o pague un depósito. .