Medidas de gestión de la calidad de la leche fresca de la provincia de Jilin
Artículo 1 Con el fin de fortalecer la supervisión y gestión de la calidad de la leche fresca y proteger la salud y seguridad de los consumidores, de conformidad con la "Ley de Higiene de los Alimentos de la República Popular China (ensayo)" y " República Popular China" *Estas medidas se formulan de acuerdo con las disposiciones de leyes y reglamentos como el Reglamento Nacional de Gestión de Normalización y el Reglamento de Responsabilidad de la Calidad de los Productos Industriales, combinados con la situación real de nuestra provincia. Artículo 2 Estas Medidas se aplican a todas las actividades de producción y operación de leche fresca dentro de nuestra provincia. Artículo 3 Los departamentos de normas y medición de todos los niveles deben fortalecer la supervisión de la calidad y la gestión de la leche fresca y organizar agencias de inspección de la calidad para llevar a cabo una supervisión e inspección periódicas de las unidades e individuos locales que producen y operan la leche fresca. Los departamentos de salud, administración industrial y comercial y otros departamentos serán responsables de la supervisión de la calidad y gestión de la leche fresca de acuerdo con su división de responsabilidades. Artículo 4 Las unidades y las personas dedicadas a la producción y operación de leche fresca deben cumplir las siguientes condiciones:
(1) Las unidades y las personas que crían vacas lecheras deben tener una licencia ganadera emitida por el departamento de ganadería del condado ( distrito) donde se encuentran las vacas lecheras criadas deben pasar la cuarentena;
(2) Las unidades que compran y procesan leche fresca deben estar equipadas con métodos de inspección completos e inspectores que hayan pasado la evaluación del local. departamentos de medición y estándares de la ciudad y el condado;
(3) Las unidades y las personas que crían vacas lecheras y compran, procesan y venden leche fresca deben aprobar la evaluación del departamento de salud del condado, ciudad (distrito) donde estén ubicados, y obtener una licencia sanitaria y una licencia comercial emitida por el departamento de administración industrial y comercial. Artículo 5 El personal de inspección y compra de leche fresca deberá ser recomendado por sus unidades, aprobar la evaluación del departamento de medición estándar de la ciudad o condado donde están ubicados y obtener un certificado de inspector de calidad antes de que puedan realizar trabajos de inspección y compra de leche fresca. . Artículo 6 El inspector de calidad de la unidad de compra de leche fresca tiene las siguientes responsabilidades:
(1) Inspeccionar la calidad de la leche fresca comprada de acuerdo con los estándares nacionales de calidad de la leche fresca y ser responsable de ella; p>
(2) El derecho a detener la leche fresca que incumpla gravemente las normas nacionales o esté adulterada con sustancias tóxicas y nocivas, y a notificar de inmediato las normas y mediciones locales o de higiene alimentaria, la administración industrial y comercial y otros departamentos para su manipulación. ;
(3) Ayudar a los departamentos de normas y mediciones, higiene de los alimentos, administración industrial y comercial y otros departamentos a imponer sanciones a quienes violen estas regulaciones. Artículo 7 Las unidades y las personas que producen y operan leche fresca deben implementar concienzudamente las normas nacionales y tienen estrictamente prohibido comprar y vender la siguiente leche:
(1) Leche de vacas que padecen mastitis;
(2) Leche que ha sido adulterada para hacerla falsa;
(3) Leche que se ha echado a perder;
(4) Otra leche cuya compra está prohibida y vendido por el estado. Artículo 8 La leche que contiene Brucella y bacterias de la tuberculosis solo se permite utilizar en el procesamiento de lácteos y no se permite su transformación en leche fresca para la venta. Artículo 9 En la compra y venta de leche fresca, el precio se calculará en función del contenido de grasa de la leche fresca y el precio se determinará por la calidad, con alta calidad y precio elevado. Artículo 10 En el curso de las operaciones comerciales, si surge una disputa sobre la calidad de la leche fresca, ambas partes pueden solicitar una resolución del departamento local de normas y mediciones. Artículo 11 Los departamentos de normas y metrología, salud, administración industrial y comercial y otros departamentos deben apoyar activamente a los consumidores en la supervisión de las unidades y personas que producen y operan leche fresca. Se otorgarán recompensas a quienes reporten meritoriamente. Artículo 12 Las unidades y personas que procesen y vendan leche que no cumpla con los estándares nacionales en violación de estas Medidas serán multadas del 50% al 100% de la cantidad de leche procesada y vendida (con el precio de la leche fresca estándar, lo mismo a continuación); incluidas las violaciones de la higiene de los alimentos. Quienes infrinjan las normas serán sancionados de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley de Higiene de los Alimentos; en casos graves, se les revocará la licencia comercial; Artículo 13 Las unidades e individuos que violen las disposiciones del artículo 7 de estas Medidas y vendan leche prohibida serán multados de dos a cinco veces la cantidad de leche vendida, y toda la leche que haya sido descompuesta o adulterada con sustancias tóxicas y nocivas será destruida y entregado a la Los órganos judiciales investigarán la responsabilidad penal de los interesados de conformidad con la ley. Artículo 14 Si un inspector de calidad de la leche fresca viola lo dispuesto en el artículo 6 de estas Medidas y no implementa las normas nacionales de calidad de la leche, el departamento de medición estándar retirará el certificado de inspector de calidad de la leche fresca y la unidad donde trabaja impondrá sanciones administrativas. según la gravedad del caso; si éste constituye un delito, los órganos judiciales investigarán la responsabilidad penal de los interesados conforme a la ley. Artículo 15 Podrán aplicarse otras medidas de gestión de la calidad de la leche fresca en relación con estas medidas. Artículo 16 Estas Medidas entrarán en vigor a partir de la fecha de su promulgación.
16 de noviembre de 1988