¿La detención penal requiere un abogado?
De conformidad con las disposiciones del párrafo 1 y el párrafo 2 del artículo 34 de la Ley de procedimiento penal, un sospechoso de un delito tiene derecho a confiarle a un sospechoso de un delito desde la fecha del primer interrogatorio o de las medidas obligatorias adoptadas por el investigador. agencia defensora; durante la investigación, sólo se puede confiar como defensor a un abogado. El acusado tiene derecho a confiar un defensor en cualquier momento.
Cuando el organismo de investigación interroga a un sospechoso de un delito por primera vez o toma medidas obligatorias contra un sospechoso de un delito, informará al sospechoso de su derecho a confiar un defensor.
Artículo 34, párrafos 1 y 2 de la Ley de Procedimiento Penal
Desde el primer día del interrogatorio o de las medidas obligatorias adoptadas por el organismo de investigación, el sospechoso de un delito tiene derecho a encomendarle un defensor ;Durante la investigación, sólo se puede confiar como defensor a un abogado. El acusado tiene derecho a confiar un defensor en cualquier momento.
Cuando el organismo de investigación interroga a un sospechoso de un delito por primera vez o toma medidas obligatorias contra un sospechoso de un delito, informará al sospechoso de su derecho a confiar un defensor. La Fiscalía Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de los materiales del caso transferidos para su revisión y enjuiciamiento, informará al sospechoso de un delito sobre su derecho a confiar un defensor. El Tribunal Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de aceptación del caso, notificará al imputado su derecho a confiar un defensor. Si los sospechosos o acusados de un delito solicitan que se les encomiende un defensor mientras se encuentran bajo custodia, el tribunal popular, la fiscalía popular y los órganos de seguridad pública transmitirán sin demora la solicitud.