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Nueve métodos de medidas de investigación criminal

Subjetividad jurídica:

Las medidas de investigación penal incluyen interrogar a sospechosos de delitos, interrogar a testigos, víctimas, indagatorias, inspecciones, registros e incautación de pruebas físicas y documentales. Según el artículo 118 de la Ley de Procedimiento Penal, el interrogatorio de los sospechosos de delitos debe ser realizado por investigadores de la Fiscalía Popular o del organismo de seguridad pública. Durante el interrogatorio habrá al menos dos investigadores. Después de enviar a un sospechoso de un delito a un centro de detención para su custodia, los investigadores lo interrogarán en el centro de detención. El artículo 128 estipula que los investigadores realizarán investigaciones o inspecciones de lugares, objetos, personas y cadáveres relacionados con el delito. Cuando sea necesario, se podrán asignar o contratar personas con conocimientos especializados para realizar inspecciones e inspecciones bajo el auspicio de investigadores. Objetividad jurídica:

Artículo 128 de la "Ley de Procedimiento Penal" Los investigadores realizarán una investigación o inspección de los lugares, objetos, personas y cadáveres relacionados con el delito. Cuando sea necesario, se podrán asignar o contratar personas con conocimientos especializados para realizar inspecciones e inspecciones bajo el auspicio de investigadores. Artículo 129 Todas las unidades y personas tienen la obligación de proteger la escena del crimen y notificar inmediatamente a los órganos de seguridad pública para que envíen personal a investigar. Artículo 130 Los investigadores deben poseer documentos de certificación de la Fiscalía Popular o del organismo de seguridad pública cuando realicen inspecciones e inspecciones.