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¿Puedo contratar un abogado para el primer interrogatorio según la Ley de Procedimiento Penal?

Subjetividad jurídica:

Al interrogar a un sospechoso de un delito o tomar medidas coercitivas contra él por primera vez, el organismo de investigación debe informarle del derecho a confiarle un defensor. La Fiscalía Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de los materiales del caso transferidos para su revisión y enjuiciamiento, informará al sospechoso de un delito sobre su derecho a confiar un defensor. El Tribunal Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de aceptación del caso, notificará al imputado su derecho a confiar un defensor. Si un sospechoso o acusado de un delito solicita que se le encomiende un defensor mientras se encuentra bajo custodia, el tribunal popular, la fiscalía popular y los órganos de seguridad pública comunicarán sin demora la solicitud. Artículo 34 de la Ley de Procedimiento Penal: El sospechoso de un delito tiene derecho a confiar en un defensor desde el primer momento en que es interrogado o cuando el organismo de investigación adopta medidas obligatorias durante la investigación; sólo puede confiar en un abogado como defensor;

Objetividad jurídica:

Ley de Procedimiento Penal

Artículo 34

La primera vez que un sospechoso de un delito sea detenido por el organismo investigador Desde el fecha del interrogatorio o medidas coercitivas, usted tiene derecho a designar un defensor;

Durante la investigación, sólo podrá nombrar un abogado como defensor. El acusado tiene derecho a confiar un defensor en cualquier momento. Al interrogar a un sospechoso de un delito o adoptar medidas coercitivas contra él por primera vez, el organismo de investigación le informará del derecho a confiarle un defensor. La Fiscalía Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción de los materiales del caso transferidos para su revisión y enjuiciamiento, informará al sospechoso de un delito sobre su derecho a confiar un defensor. El Tribunal Popular, dentro de los tres días siguientes a la fecha de aceptación del caso, notificará al imputado su derecho a confiar un defensor. Si un sospechoso o acusado de un delito solicita que se le encomiende un defensor mientras se encuentra bajo custodia, el tribunal popular, la fiscalía popular y los órganos de seguridad pública comunicarán sin demora la solicitud. Si un sospechoso o acusado de un delito se encuentra detenido, su tutor o pariente cercano también podrá confiarle un defensor. Después de aceptar la encomienda de un sospechoso o acusado de un delito, el defensor deberá notificar de inmediato a la agencia que maneja el caso.