Red de conocimiento del abogados - Consultar a un abogado - Es razonable exigir a Jiangsu Yike Co., Ltd. que exija a los empleados que renuncien voluntariamente.

Es razonable exigir a Jiangsu Yike Co., Ltd. que exija a los empleados que renuncien voluntariamente.

Si es razonable que la empresa exija a los empleados que renuncien voluntariamente depende de si los empleados realmente lo desean.

De hecho, si un empleado dimite voluntariamente, la empresa puede quedar exenta de compensación económica. Esta es también una forma de evadir responsabilidad.

Si el empleador toma la iniciativa de rescindir el contrato de trabajo con el empleado, o si el empleado deja el trabajo por motivos del empleador, el empleador deberá pagar al empleado la compensación económica que corresponda. O si la Ley de Contratos Laborales exige una compensación, los empleados pueden solicitar una compensación; de lo contrario, pueden apelar ante la Oficina del Trabajo.

La compensación económica generalmente se paga a los empleados de acuerdo con el principio N 1, es decir, los empleados reciben un mes de salario por cada año completo. Si el período es superior a seis meses e inferior a un año, se computará como un año; si es inferior a seis meses, se pagará al trabajador la compensación económica de medio mes de salario.

Sin embargo, hay muchas situaciones en las que no se requiere compensación o no solo se requiere compensación, sino que incluso la unidad no puede tomar la iniciativa de rescindir el contrato laboral con el empleado. Estar de acuerdo con el contenido de la “Ley de Contrato de Trabajo de la República Popular China” Ejecución:

Artículo 36 El empleador y el empleado podrán negociar la rescisión del contrato de trabajo.

Artículo 38 Si ocurre alguna de las siguientes circunstancias, el empleado podrá rescindir el contrato de trabajo: (1) No proporcionar protección laboral o condiciones laborales según lo estipulado en el contrato de trabajo; (2) Falta de pago; completo y puntual (3) Falta de pago de las primas del seguro social de los trabajadores de conformidad con la ley (4) Las normas y reglamentos del empleador violan las disposiciones de las leyes y reglamentos y dañan los derechos e intereses de los trabajadores; De conformidad con el artículo 26 de esta Ley, las circunstancias especificadas en el párrafo 1 invalidan el contrato de trabajo (6) Otras circunstancias en las que los trabajadores pueden rescindir el contrato de trabajo según lo estipulado en las leyes y reglamentos administrativos;

Si el empleador obliga a los trabajadores a trabajar mediante violencia, amenazas o restricciones ilegales a la libertad personal, o si el empleador dirige u obliga ilegalmente operaciones riesgosas que pongan en peligro la seguridad personal de los trabajadores, los trabajadores no podrán notificar al empleador por adelantado. La unidad rescinde inmediatamente el contrato de trabajo.

Artículo 40 En cualquiera de las siguientes circunstancias, el empleador podrá rescindir el contrato de trabajo, previa notificación escrita al trabajador con 30 días de antelación o pagándole un mes adicional de salario: (1) Empleado Si el empleado es enfermo o lesionado no debido al trabajo, y después de que expire el período de tratamiento médico prescrito, no puede realizar el trabajo original o el trabajo organizado por separado por el empleador (2) El empleado no está calificado para el trabajo, y después de capacitación o ajuste; el puesto de trabajo, todavía no puede realizar el trabajo. Competente para el trabajo (3) Las circunstancias objetivas en las que se celebró el contrato de trabajo han sufrido cambios importantes, lo que hace imposible ejecutar el contrato de trabajo, y el empleador y el El empleado no puede llegar a un acuerdo para cambiar el contenido del contrato de trabajo después de la negociación.

Artículo 41 Si se da alguna de las siguientes circunstancias y es necesario despedir a más de 20 empleados o menos de 20 empleados, pero que representen más de 10 del total de empleados de la empresa, el El empleador deberá explicar la situación al sindicato o a todos los empleados con 30 días de anticipación, después de escuchar las opiniones del sindicato o de los empleados e informar al departamento de administración laboral, el personal podrá ser despedido: (1) Reorganización de acuerdo con. las disposiciones de la Ley de Quiebras Empresariales; (2) ocurren dificultades graves en la producción y operación (3) la empresa sufre cambios de producción, importantes innovaciones tecnológicas o ajustes de métodos comerciales, o la necesidad de despedir empleados después de cambiar el contrato laboral; (4) Otros cambios importantes en las condiciones económicas objetivas basadas en la celebración del contrato de trabajo, que resulten en la imposibilidad de cumplir el contrato de trabajo.

Al reducir el personal, se debe dar prioridad a retener al siguiente personal: (1) Aquellos que hayan firmado un contrato laboral de duración determinada con la unidad (2) Aquellos que hayan firmado un contrato de trabajo de duración determinada; contrato laboral a término con la unidad (3) No hay otros empleados en la familia, Hay personas mayores o menores que necesitan apoyo. Si un empresario reduce su plantilla de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo y vuelve a contratar personal en el plazo de seis meses, notificará al personal despedido y dará prioridad al personal despedido en las mismas condiciones.

Artículo 42: Si un trabajador concurre alguna de las siguientes circunstancias, el empleador no podrá rescindir el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de esta Ley: (1) Realizar un trabajo que sea expuestos a riesgos laborales Los trabajadores que trabajan no se someten a exámenes de salud ocupacional antes de abandonar el trabajo, o los pacientes con sospecha de enfermedades ocupacionales se encuentran durante el diagnóstico u observación médica (2) Padecen enfermedades ocupacionales o lesiones relacionadas con el trabajo en la unidad y se confirma que las tienen; perdió o perdió parcialmente su capacidad para trabajar; (3) está enferma o lesionada no debido al trabajo y se encuentra dentro del período médico prescrito; (4) las empleadas están durante el embarazo, parto y lactancia (5) han trabajado en la unidad; por quince años consecutivos y sean inferiores a la edad legal de jubilación Cinco años (6) Otras circunstancias previstas en leyes y reglamentos administrativos;

Artículo 43 Si el empleador rescinde unilateralmente el contrato de trabajo, deberá comunicar previamente los motivos al sindicato. Si un empleador viola leyes, reglamentos administrativos o contratos laborales, el sindicato tiene derecho a exigir que el empleador haga correcciones. El empleador estudiará las opiniones del sindicato y notificará al sindicato los resultados por escrito.

Artículo 44: El contrato de trabajo se extinguirá si concurre alguna de las siguientes circunstancias: (1) Vencimiento del contrato de trabajo

Artículo 45: Cuando expire el contrato de trabajo, bajo cualquier concepto; De las circunstancias previstas en el artículo 42 de esta Ley, el contrato de trabajo se prorrogará hasta que desaparezcan las circunstancias correspondientes. Sin embargo, la terminación del contrato de trabajo de un empleado que haya perdido total o parcialmente la capacidad para trabajar según lo estipulado en el párrafo 2 del artículo 42 de esta Ley se regirá por las normas estatales sobre seguros de accidentes de trabajo.

Artículo 46 Si concurre alguna de las siguientes circunstancias, el empleador deberá pagar una compensación económica al trabajador: (1) El trabajador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 de esta Ley (2); ) El empleador propone rescindir el contrato de trabajo con el empleado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de esta Ley, y negocia con el empleado la rescisión del contrato de trabajo (3) El empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en; Artículo 40 de esta Ley; (4) El empleador rescinde el contrato de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 41 de esta Ley; (5) A menos que el empleador mantenga o mejore las condiciones pactadas en el contrato de trabajo y renueve el trabajo; contrato, el empleado no está de acuerdo con la renovación Salvo lo anterior, el contrato de trabajo de duración determinada se rescinde de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44, párrafo 1 de esta Ley (6) El contrato de trabajo se rescinde de conformidad con el; lo dispuesto en los párrafos 4 y 5 del artículo 44 de esta Ley. (7) ) Las demás circunstancias previstas en las leyes y reglamentos administrativos;

Artículo 47 La compensación económica se pagará en función del número de años que el trabajador haya trabajado en la unidad, y un mes de salario por cada año completo. Si el período es superior a seis meses e inferior a un año, se computará como un año; si es inferior a seis meses, se pagará al trabajador la compensación económica de medio mes de salario. Si el salario mensual del empleado es tres veces mayor que el salario mensual promedio local de los empleados anunciado por el gobierno popular del municipio o ciudad distrital donde está ubicado el empleador, el estándar de compensación económica pagada al empleado será tres veces el salario promedio del empleado. salario mensual. El período máximo de compensación económica no podrá exceder de 12 años. El salario mensual a que se refiere este artículo se refiere al salario promedio del trabajador en los doce meses anteriores a la terminación o terminación del contrato de trabajo.

Artículo 48 Si el empleador viola las disposiciones de esta Ley al rescindir o extinguir el contrato de trabajo, y el empleado exige la continuación del cumplimiento del contrato de trabajo, el empleador no deberá continuar ejerciendo la exigencia del empleado; cumplimiento del contrato de trabajo o si el contrato de trabajo no puede continuar ejecutándose, el empleador deberá pagar una indemnización de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de esta Ley.

Artículo 87 Si el empleador viola las disposiciones de esta Ley al rescindir o extinguir el contrato de trabajo, deberá pagar una indemnización al trabajador equivalente al doble de la norma de compensación económica prevista en el artículo 47 de esta Ley.