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La diferencia entre abogados defensores penales y abogados administrativos
Subjetividad jurídica:
1. La defensa es un término jurídico en el proceso penal, y un abogado sólo está calificado para actuar como defensor. 2. Artículo 32 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: Además de ejercer el derecho de defensa por sí mismos, los sospechosos y acusados de un delito podrán confiar la defensa a una o dos personas. Podrán ser encomendados como defensores las siguientes personas: (2) Las personas recomendadas por las organizaciones o unidades populares a las que pertenece el presunto delincuente o imputado; (3) Los tutores, familiares y amigos del presunto delincuente o imputado; No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido condenadas a pena penal o privadas o restringidas de su libertad personal conforme a la ley.