¿En qué casos penales puedo solicitar asistencia jurídica?
Artículo 25 de la "Ley de Asistencia Jurídica" Si un sospechoso de un delito o acusado en un caso penal se encuentra en una de las siguientes circunstancias y no contrata a un defensor, el tribunal popular, la fiscalía popular y la seguridad pública agencia deberá notificar a la agencia de asistencia legal Designar abogados para actuar como defensores de:
(1) Menores;
(2) Personas con discapacidad visual, auditiva o del habla;
(3) Incapacidad para adultos que reconozcan plenamente su propio comportamiento;
(4) Personas que pueden ser condenadas a cadena perpetua o muerte;
(5) Demandados a muerte casos de revisión de penas que solicitan asistencia jurídica gratuita;
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(6) Los acusados juzgados en rebeldía;
(7) Otras personas especificadas por las leyes y reglamentos.
Si el acusado no contrata a un defensor para otros casos penales que estén sujetos a procedimientos ordinarios, el tribunal popular podrá notificar a la agencia de asistencia jurídica para que designe un abogado que actúe como defensor.