En un proceso penal, ¿la autopsia requiere el consentimiento de la familia?
Artículo 131 de la "Ley de Procedimiento Penal" Los órganos de seguridad pública tienen derecho a decidir practicar una autopsia a un cadáver cuya causa de muerte se desconoce, y notificar a los familiares del fallecido para que estén presentes.
Por lo tanto, según esta norma, siempre que el órgano de seguridad pública considere que se desconoce la causa de la muerte, tiene la facultad de decidir realizar una autopsia sin el consentimiento de la familia. Si los familiares no están de acuerdo con la autopsia, los órganos de seguridad pública aún pueden realizarla. Las razones de esta disposición son: 1. El examen del cadáver debe realizarse de manera oportuna para evitar que las huellas del cadáver desaparezcan debido a cambios y descomposición del cadáver. 2. Si se desconoce la causa de la muerte, no se puede descartar la posibilidad de asesinato por parte de un familiar.
Los órganos de seguridad pública están obligados a avisar a los familiares para que acudan al lugar. La presencia o no de los familiares es un derecho de los familiares. La presencia de familiares no afecta la autopsia.
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