¿Cuál es el delito del artículo 301 de la Ley Penal?
Elementos subjetivos: El aspecto subjetivo de este delito es la intencionalidad, y la negligencia no constituye este delito. Incluyendo intención directa e intención indirecta. El motivo delictivo no afecta la condena por este delito. Específicamente, debido a la naturaleza de complicidad, este delito tiene las siguientes características en términos de factores subjetivos: en primer lugar, el autor debe darse cuenta de que está seduciendo; en segundo lugar, el autor debe saber que el objetivo del delito es un menor. Si realmente no se sabe que el sujeto de la conducta es un menor de edad, no se puede cometer este delito. Sin embargo, si se cumplen los requisitos constitutivos de reunir una multitud para lascivia, el delito de reunir una multitud para lascivia puede ser castigado. Por supuesto, necesitamos saber que el objeto de la demanda es un menor, aunque sólo sea para saber que puede ser un menor. En tercer lugar, el perpetrador también debe darse cuenta de que la persona que está siendo tentada está participando en el acto de lascivia masiva bajo su tentación.
Elementos objetivos: Este delito se manifiesta objetivamente como el acto de inducir a menores a reunirse con fines lascivos.
La llamada seducción se refiere a atraer, corromper y seducir a menores para que participen en actividades lascivas masivas a través del lenguaje, la actuación, la demostración, la escucha, la visualización de productos de audio y vídeo obscenos, etc. En lo que respecta a este delito, atraer y atraer a personas menores de 18 años para que participen en reuniones de inmoralidad sexual tiene el carácter de instigación. En la práctica, la seducción a menudo toma la forma de lenguaje obsceno, visualización de productos de audio y video obscenos, promoción de experiencias y sentimientos sexuales e incluso actuaciones sexuales directas para estimular, conquistar, corromper y atraer a menores para que participen en actividades lascivas. Cabe señalar que, aunque "señuelo" contiene elementos de "engaño", no puede equipararse con "señuelo". En lo que respecta a la seducción, es voluntario que la persona seducida participe en la fornicación masiva bajo la seducción del seductor, lo cual es diferente del acto de "seducción". Si el autor seduce a una joven durante una reunión de personas con fines lascivos, constituye un delito de adulterio con una joven y será castigado como participación en violación, lo que significa que menores de edad acuden al lugar de la reunión con fines lascivos. Si un menor realmente participa en actividades lascivas, constituye participación. Si un menor no participa realmente en actividades lascivas, sino que solo observa a otros participar en actividades lascivas, también se considerará que constituye este delito.
Espero que el contenido anterior pueda ayudarte. Si tiene alguna otra pregunta, consulte a un abogado profesional.
Base jurídica: El artículo 5 de la "Ley Penal de la República Popular China" estipula que la severidad del castigo debe ser proporcional al delito cometido por el delincuente y a la responsabilidad penal que soporta.
Artículo 301: El que reuniere multitud con fines lascivos, será sancionado con prisión fija no mayor de cinco años, prisión preventiva o vigilancia. El que induzca a menores a participar en reuniones multitudinarias y actividades lascivas será severamente castigado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.