Normas de procedimiento para la detección de drogas
Artículo 1: Con el fin de regular la labor de detección de drogas de los órganos de seguridad pública y proteger los derechos e intereses legítimos de las partes, el presente reglamento se formula de conformidad con la “Ley Antidrogas de la República Popular”. de China" y otras disposiciones legales pertinentes. Artículo 2 Las pruebas de abuso de drogas son una actividad que utiliza medios científicos y técnicos para realizar pruebas biomédicas a personas sospechosas de abuso de drogas y proporciona una base científica para que los órganos de seguridad pública identifiquen el comportamiento de abuso de drogas.
Los sujetos de las pruebas de abuso de drogas incluyen personas sospechosas de abuso de drogas, personas que decidieron someterse a un aislamiento obligatorio para recibir tratamiento por drogas, personas a las que los órganos de seguridad pública han ordenado someterse a un tratamiento comunitario de drogas y rehabilitación comunitaria, y personas que se recuperan de las drogas. abuso en centros de tratamiento y rehabilitación de drogas. Artículo 3 Las pruebas de abuso de drogas se dividen en pruebas in situ, pruebas de laboratorio y reinspecciones de laboratorio. Artículo 4 Las inspecciones in situ serán realizadas por órganos de seguridad pública a nivel de condado o superior o sus agencias enviadas.
Las pruebas de laboratorio serán realizadas por laboratorios o instituciones médicas calificadas designadas por los órganos de seguridad pública a nivel de condado o superior que hayan obtenido la calificación de instituciones de inspección y evaluación.
Las reinspecciones de laboratorio serán realizadas por laboratorios designados por los órganos de seguridad pública a nivel de condado o superior que hayan obtenido la calificación de instituciones de inspección y evaluación.
Las pruebas de laboratorio y las repruebas de laboratorio no deben ser realizadas por la misma institución de pruebas. Artículo 5 Se utilizarán equipos especiales en la recogida de muestras para la detección de drogas. Los equipos de prueba in situ deben ser productos calificados aprobados por las autoridades nacionales competentes para su producción o importación. Artículo 6: Las muestras de prueba son muestras biológicas como orina, sangre o cabello recolectadas de la persona sometida a la prueba. Artículo 7 Si una persona sometida a la prueba se niega a someterse a la prueba, podrá ser sometida a pruebas obligatorias con la aprobación de la persona a cargo del órgano de seguridad pública a nivel del condado o superior o su agencia enviada. Artículo 8 Los órganos de seguridad pública recogerán, presentarán y analizarán muestras por parte de dos o más miembros del personal; la recogida de muestras de orina de mujeres será realizada por miembros del personal femenino.
Si las muestras de prueba recolectadas son positivas después de las pruebas en el sitio, deben conservarse en dos equipos de muestra especiales A y B respectivamente y deben estar sellados con la firma del recolector y de la persona que se está examinando. Recogido en condiciones de baja temperatura, la vida útil es de dos meses. Artículo 9 Para las pruebas in situ, se emitirá un informe de prueba, firmado por la persona que realiza la prueba y sellado con el sello de la agencia de seguridad pública que realiza la prueba o su agencia enviada.
Los resultados de las pruebas in situ se informarán a la persona que se somete a la prueba en el lugar, y la persona que se somete a la prueba deberá firmar el informe de la prueba. Si la persona sometida a la prueba se niega a firmar, la policía de seguridad pública lo indicará en el informe de la prueba. Artículo 10 Si la persona sometida a la prueba tiene objeciones a los resultados de las pruebas in situ, podrá presentar una solicitud de pruebas de laboratorio al órgano de seguridad pública que realiza las pruebas in situ dentro de los tres días siguientes a la fecha de notificación de las pruebas. resultados.
El órgano de seguridad pública tomará una decisión sobre si acepta realizar pruebas de laboratorio dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud de pruebas de laboratorio y notificará los resultados a la persona sometida a la prueba. Artículo 11 Si el órgano de seguridad pública decide realizar pruebas de laboratorio, dentro de los tres días siguientes a la decisión sobre las pruebas de laboratorio, enviará la muestra A conservada a un laboratorio con calificaciones de inspección y evaluación designado por el órgano de seguridad pública en o por encima del nivel del condado o un laboratorio calificado. Artículo 12 El laboratorio o institución médica encargado emitirá un informe de prueba de laboratorio dentro de los cinco días posteriores a la recepción de la muestra de prueba, que será firmado por el evaluador y sellado con el sello oficial de la institución de prueba, y luego enviado a la agencia de seguridad pública que confió al laboratorio para realizar pruebas. Después de recibir el informe de la prueba, el órgano de seguridad pública notificará a la persona examinada los resultados de la prueba dentro de las 24 horas. Artículo 13 Si la persona sometida a la prueba tiene objeciones a los resultados de las pruebas de laboratorio, podrá solicitar una nueva inspección del laboratorio a la agencia de seguridad pública que realiza las pruebas in situ dentro de los tres días posteriores a la notificación de los resultados de las pruebas.
El órgano de seguridad pública tomará una decisión sobre si acepta realizar un nuevo examen de laboratorio dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud de nuevo examen de laboratorio y notificará los resultados a la persona examinada. Artículo 14 Si el órgano de seguridad pública decide realizar un nuevo examen de laboratorio, dentro de los tres días siguientes a la decisión de realizar un nuevo examen de laboratorio, enviará la muestra B conservada a un laboratorio con calificaciones de inspección y evaluación designado por la seguridad pública. órgano a nivel de condado o superior. Artículo 15 El laboratorio encargado emitirá un informe de prueba dentro de los cinco días posteriores a la recepción de la muestra de prueba, que será firmado por el evaluador y sellado con un sello de identificación especial, y luego enviado a la agencia de seguridad pública que confió el laboratorio para una nueva inspección. . Después de recibir el informe de la prueba, el órgano de seguridad pública notificará a la persona examinada los resultados de la prueba dentro de las 24 horas. Artículo 16 Si la agencia de pruebas de laboratorio encargada o la agencia de reinspección de laboratorio cree que la muestra presentada no cumple con las condiciones de prueba, deberá informar a la agencia de seguridad pública a nivel del condado o superior o a la persona a cargo de su agencia enviada para aprobación y volver a recolectar muestras de prueba. Artículo 17 El hecho de que la persona sometida a la prueba solicite pruebas de laboratorio y una nueva inspección de laboratorio no afectará el manejo normal del caso.
Cuando el órgano de seguridad pública lo considere necesario, podrá decidir directamente realizar pruebas de laboratorio y reexámenes de laboratorio. Artículo 18 Los costos de las pruebas in situ, las pruebas de laboratorio y la reinspección de laboratorio decididas directamente por la agencia de seguridad pública correrán a cargo de la agencia de seguridad pública.
Si la persona sometida a la prueba solicita pruebas de laboratorio y reexámenes de laboratorio, los gastos correrán a cargo del solicitante, sin cumplirse los requisitos del artículo 73 Incisos 1 a 5 del “Reglamento para los Procedimientos de Exámenes Públicos”. Órganos de Seguridad para la Atención de Casos Administrativos”, salvo alguna de las circunstancias u otras de detección ilícita. Artículo 19 Si los órganos de seguridad pública, las instituciones de tasación o su personal violan estas normas y se encuentran en cualquiera de las siguientes circunstancias, los responsables correspondientes recibirán sanciones disciplinarias o administrativas de conformidad con las normas pertinentes si se constituye un delito penal; la responsabilidad se perseguirá conforme a la ley:
(1) Causar daño significativo a los derechos e intereses legítimos de las partes por irresponsabilidad grave;
(2) Proporcionar deliberadamente información falsa informes de pruebas;
(3) Otras situaciones previstas por las leyes y reglamentos administrativos.