Red de conocimiento del abogados - Consultar a un abogado - ¿Se pueden utilizar pruebas obtenidas de escuchas telefónicas legales (casos penales) como prueba en casos civiles?

¿Se pueden utilizar pruebas obtenidas de escuchas telefónicas legales (casos penales) como prueba en casos civiles?

Las pruebas obtenidas mediante escuchas telefónicas legales (casos penales) pueden utilizarse como pruebas en casos civiles. El Tribunal Popular identificará la autenticidad de los materiales audiovisuales y examinará si pueden utilizarse como base para determinar los hechos en combinación con otras pruebas del caso.

Sin embargo, cabe señalar que las pruebas obtenidas infringiendo los derechos e intereses legítimos de otros o violando disposiciones prohibitivas de la ley no pueden utilizarse como base para determinar los hechos del caso. Las leyes y reglamentos pertinentes son los siguientes:

Ley de Procedimiento Civil

Artículo 71 Materiales Audiovisuales

El Tribunal Popular identificará la autenticidad del material audiovisual materiales y combinarlos con otras pruebas del caso, si la revisión puede utilizarse como base para determinar los hechos.

Reglamento del Tribunal Supremo Popular sobre Pruebas en Litigios Civiles

Artículo 68: Las pruebas obtenidas en violación de los derechos e intereses legítimos de otros o en violación de disposiciones prohibitivas de la ley no pueden ser utilizado como base para determinar los hechos del caso.

Datos ampliados:

Reglamento del Tribunal Supremo Popular sobre Prueba en Litigios Civiles

Artículo 69: Las siguientes pruebas no pueden utilizarse por sí solas como base para determinar los hechos de un caso?

(1) Testimonio rendido por un menor de edad que no sea proporcional a su edad y estado mental.

(2) Testimonio rendido por un testigo que tenga interés en la parte; o su agente;

(3) Materiales audiovisuales cuestionables

(4) Copias y reproducciones que no puedan verificarse con los originales;

(5); ) Testimonio de un testigo que no declara ante el tribunal sin motivos justificables.

Artículo 70: Si una parte plantea objeciones a la siguiente prueba y no existe prueba en contrario que la refute, el tribunal popular deberá confirmarla:

(1) Prueba documental original o verificación con la evidencia documental original Copias, fotografías, duplicados, extractos correctos;

(2) Pruebas físicas originales o copias, fotografías, materiales de video, etc. Consistente con la evidencia física original;

(3) Materiales audiovisuales obtenidos legalmente respaldados por otra evidencia, o copias corroboradas con los materiales audiovisuales;

(4) Las partes solicitar a las personas El tribunal produce pruebas físicas o registros de inspección in situ de acuerdo con los procedimientos legales.