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Nuevos puntos de conocimiento del Derecho Procesal Penal: Obligaciones del defensor

Los artículos 33, 35, 40, 42 y 46 de la Ley de Procedimiento Penal estipulan detalladamente las obligaciones de los defensores.

Obligación de informar

1. Notificación de encomienda

Después de aceptar una encomienda de un sospechoso o acusado de un delito, el defensor deberá notificarlo inmediatamente a la agencia que lleva el caso. .

2. Si no se encuentra en la escena del crimen, no asumirá responsabilidad penal.

Si las pruebas recabadas por el defensor demuestran que el sospechoso de un delito no se encuentra en la escena del crimen, no ha alcanzado la edad de responsabilidad penal y es un enfermo mental que no es penalmente responsable según la ley, se debe notificar oportunamente al órgano de seguridad pública y a la Fiscalía Popular.

3. Notificación de cuestiones importantes (abogado defensor)

Los abogados defensores tienen derecho a mantener confidenciales las circunstancias relevantes y la información sobre sus clientes que conozcan durante sus actividades de práctica. Sin embargo, si un abogado defensor sabe que su cliente u otras personas están preparando o cometiendo actos delictivos que ponen en peligro la seguridad nacional, la seguridad pública o ponen en grave peligro la seguridad personal de otros, deberá informar sin demora a las autoridades judiciales.

(2) La obligación de no obstaculizar la buena marcha del litigio.

Los defensores ni ninguna otra persona pueden ayudar a sospechosos o acusados ​​de delitos a ocultar, destruir, falsificar pruebas o confabularse para obtener confesiones, y no pueden amenazar ni inducir a los testigos a cometer perjurio o participar en otros actos que obstruyan los procedimientos judiciales.

Quien viole lo dispuesto en el párrafo anterior será considerado legalmente responsable de conformidad con la ley. Si el defensor es sospechoso de haber cometido un delito, el caso será manejado por un organismo de investigación distinto del organismo de investigación donde el defensor manejó el caso. Si el defensor fuera abogado, deberá comunicarlo prontamente a su despacho o al colegio de abogados al que pertenezca.

(3) Responsabilidad del defensor

La responsabilidad del defensor es emitir un juicio sobre si el sospechoso o acusado es inocente, tiene un delito menor o tiene antecedentes penales. responsabilidad reducida o exenta con base en los hechos, los materiales y las opiniones, y salvaguardar los derechos de litigio y otros derechos e intereses legítimos de los sospechosos y acusados ​​criminales.

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