Medidas para la protección de los derechos de propiedad intelectual en las exposiciones de Beijing
Los departamentos administrativos de propiedad intelectual, administración industrial y comercial, derechos de autor y otros departamentos administrativos de propiedad intelectual (en adelante, departamentos administrativos de propiedad intelectual), de acuerdo con sus respectivas responsabilidades, orientarán y supervisarán la protección de la propiedad intelectual de la exposición. trabajar y ayudar a los organizadores Establecer y mejorar el sistema de protección de la propiedad intelectual para exposiciones. Artículo 5 El departamento de gestión de exposiciones fortalecerá la coordinación, supervisión e inspección de la protección de la propiedad intelectual de las exposiciones y mantendrá el orden normal de las exposiciones. Artículo 6 Las asociaciones industriales pertinentes mejorarán la conciencia de los miembros sobre la protección de la propiedad intelectual mediante la formulación de normas de autodisciplina de la industria, la realización de publicidad y capacitación, etc., y ayudarán a los departamentos administrativos de propiedad intelectual a llevar a cabo el trabajo de protección de la propiedad intelectual de exhibición. Artículo 7 El organizador hará un buen trabajo para proteger los derechos de propiedad intelectual de la exposición de acuerdo con la ley y establecerá y mejorará el sistema de revisión de propiedad intelectual para los artículos de la exposición (incluidas exhibiciones, tableros de exhibición, stands y materiales publicitarios relacionados, etc.). ) para participar en la exposición e instar a los expositores a buscar expositores que puedan causar disputas de propiedad intelectual. Artículo 8 Los expositores participarán legalmente en la exposición, cooperarán con el organizador para revisar el estado de propiedad intelectual de los proyectos participantes antes de la exposición y no infringirán los derechos de propiedad intelectual de otros.
Si los proyectos participantes deben contar con los certificados de derechos pertinentes según la ley, los expositores deberán traer los certificados de derechos pertinentes para participar en la exposición; si los proyectos participantes están marcados con signos y logotipos de propiedad intelectual, deberán ser marcado de acuerdo con las regulaciones pertinentes. Artículo 9 El organizador y el expositor acordarán los derechos, obligaciones y contenidos relacionados de la protección de la propiedad intelectual de ambas partes en el contrato de exposición. El contenido de la protección de la propiedad intelectual debe incluir:
(a) El expositor promete que los proyectos de exhibición no infringirán los derechos de propiedad intelectual de otros;
(2) Procedimientos y soluciones para manejar quejas de propiedad intelectual;
(3) Si se sospecha que un artículo de exhibición es una infracción, se deben tomar medidas como encubrir y desmantelar la exposición.
La Oficina Municipal de Propiedad Intelectual, en conjunto con la Administración Municipal de Industria y Comercio, el Derecho Municipal de Derecho de Autor y otros departamentos administrativos, formulará un texto modelo de contrato de protección de propiedad intelectual de exposición y lo publicará al público. Artículo 10 Si el evento dura más de tres días y ocurre una de las siguientes circunstancias, el departamento administrativo de propiedad intelectual enviará personal: (1) Exposiciones patrocinadas por el gobierno y departamentos gubernamentales;
(2) Exposiciones con una superficie expositiva de más de 20.000 metros cuadrados;
(3) Exposiciones con gran influencia en el país y en el extranjero.
El organizador brindará las comodidades necesarias para que el departamento administrativo de propiedad intelectual ingrese a la exposición y realice su trabajo. Artículo 11 Si una exposición estipulada en el párrafo 1 del artículo 10 se lleva a cabo y es aprobada o registrada por el departamento de gestión de exposiciones de esta ciudad, el departamento de gestión de exposiciones deberá, dentro de los 10 días siguientes a la fecha de aprobación o registro, notificar el nombre, hora y la ubicación de la exposición, el área de exposición y la información básica del organizador se informarán a la Oficina Municipal de Propiedad Intelectual si están aprobados o registrados por el departamento de gestión de exposiciones no local, el organizador de la exposición informará a la Oficina Municipal de Propiedad Intelectual de; la condición de celebración de la exposición de conformidad con las disposiciones anteriores. Artículo 12 El organizador establecerá una agencia de reclamos de propiedad intelectual de exhibición de acuerdo con las regulaciones nacionales pertinentes y las necesidades de trabajo reales.
La agencia de denuncias puede estar compuesta por organizadores, personal profesional y técnico en los campos relevantes y profesionales del derecho. Cuando sea necesario, el organizador puede invitar al departamento administrativo de propiedad intelectual a enviar personal para brindar orientación. Artículo 13 Si un propietario de derechos de propiedad intelectual o una parte interesada cree que un proyecto de exposición infringe sus derechos de propiedad intelectual, podrá presentar una queja ante el organizador o la agencia de quejas establecida por el organizador de acuerdo con las regulaciones pertinentes. Después de recibir una queja, la unidad patrocinadora o la agencia de quejas asignará rápidamente personal para investigarla y tratarla. Artículo 14 Si un propietario de derechos de propiedad intelectual o una parte interesada presenta una queja ante el organizador o la agencia de quejas establecida por el organizador, deberá proporcionar los siguientes materiales: (1) información básica del reclamante y del demandado, incluir el nombre del reclamante, dirección, nombre del encuestado y número de stand. Si el denunciante encomienda a un apoderado para denunciar, éste deberá presentar un poder.
(2) Nombre del artículo de exhibición sospechoso de infracción, evidencia de la presunta infracción y explicación necesaria.
(3) Prueba de los derechos de propiedad intelectual, incluida la prueba de propiedad de la propiedad intelectual, prueba del contenido de la propiedad intelectual y otras pruebas necesarias del estado legal de la propiedad intelectual. Artículo 15 Una vez que el demandado se entera de que se sospecha que un elemento de exhibición es una infracción, deberá presentar de inmediato un certificado de derechos u otra prueba para demostrar que tiene la propiedad legal del contenido denunciado, proporcionar pruebas de que no se ha infringido y ayudar al organizador. o la agencia de quejas establecida por el personal del organizador para inspeccionar los artículos sospechosos de infracción.
Si el demandado no puede proporcionar pruebas válidas, deberá retirar los artículos sospechosos de infracción por su cuenta de acuerdo con el contrato con el organizador si el demandado no retira la exposición por su cuenta, el organizador o el organizador; El comité de quejas establecido por el organizador podrá tomar la decisión de desmantelar la exposición.