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¿Es tabú cambiar de abogado a mitad de un caso penal?

Subjetividad jurídica:

Se puede cambiar de abogado en casos penales. Si un abogado es el defensor del acusado durante el juicio, el acusado puede negarle que continúe defendiéndolo o puede confiarle a otro defensor que lo defienda. El deber del defensor en casos penales es proporcionar materiales y opiniones sobre si los sospechosos y acusados ​​criminales son inocentes, tienen delitos menores o reducen o eximen la responsabilidad penal con base en los hechos y el derecho, y salvaguardar los derechos de litigio y otros derechos e intereses legítimos de sospechosos y acusados ​​de delitos. Los abogados defensores pueden brindar asistencia jurídica a los sospechosos de delitos durante la investigación, incluso actuando en nombre de apelaciones y acusaciones; solicitando cambios en las medidas obligatorias; preguntando a los organismos de investigación sobre los presuntos delitos del sospechoso y las circunstancias relevantes del caso, y brindando opiniones.

Objetividad jurídica:

Artículo 33 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: Además de ejercer el derecho de defensa, los presuntos delincuentes e imputados también podrán confiar la defensa a una o dos personas. Podrán confiarse como defensores a las siguientes personas: (1) Abogados; (2) Personas recomendadas por las organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o acusado; (3) Tutores, familiares y amigos del sospechoso o acusado; No podrán ejercer como defensores las personas que hayan sido condenadas a pena penal o privadas o restringidas de su libertad personal conforme a la ley. No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido destituidas de cargos públicos o cuyo título de ejercicio de abogado o notario haya sido revocado, salvo los tutores o familiares cercanos de los sospechosos o procesados.