Contramedidas contra la okupación de marcas
De acuerdo con lo establecido en la Ley de Marcas, los titulares de derechos de marca pueden optar por las siguientes dos vías legales para hacer valer sus derechos:
Presentar oposición a la marca anunciada en el examen preliminar ante de la Oficina de Marcas
Según lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley de Marcas, "Cualquier persona podrá plantear objeción contra una marca anunciada en el examen preliminar dentro de los 3 meses siguientes a la fecha del anuncio si es el titular del derecho". cree que su marca ha sido apropiada por otros de mala fe para solicitar el registro, si la marca se descubre a tiempo durante el período de examen preliminar y anuncio, puede presentar una objeción ante la Oficina de Marcas y solicitar a la Oficina de Marcas que no la apruebe. el registro.
Presentar una disputa ante la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas respecto de una marca registrada
De acuerdo con lo establecido en el artículo 41 de la Ley de Marcas, si el titular del derecho considera que su marca ha sido prerregistrada de mala fe por otros, podrá, dentro de los 5 años siguientes a la fecha de registro de la marca, solicitar su cancelación a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas.
Cuando las partes solicitan objeciones o disputas o reclaman derechos ante la Oficina de Marcas o la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas, deben exponer sus motivos y proporcionar las pruebas correspondientes en conjunto con los elementos constitutivos de la usurpación de marcas analizadas anteriormente. Estas evidencias deben centrarse en dos aspectos: Por un lado, es evidencia de que el registrante de la marca tiene mala fe subjetiva, como lo son los contratos de compra y venta y la correspondencia entre las dos partes relacionadas con la marca en disputa, y la solicitud de registro de la marca por parte del registrante. honorarios irrazonables del titular del derecho; pruebas escritas de elevados "honorarios de transferencia de marca"; por otro lado, pruebas del uso y promoción anteriores de la marca en disputa por parte del titular del derecho, como el contrato de encomienda y los documentos correspondientes entre el titular del derecho y el titular del derecho; unidad de impresión de diseño de marca y logotipo de marca, la marca correspondiente Contratos de producción y publicación de publicidad, periódicos y revistas que publican anuncios de marca, contratos de compra y venta y facturas de productos de marca, etc.
Cabe señalar que al presentar los documentos de solicitud a la Oficina de Marcas o a la Junta de Adjudicación y Revisión de Marcas, las partes deben cumplir con los requisitos prescritos. Por ejemplo, las objeciones y las solicitudes de resolución de disputas deben presentarse dentro del plazo especificado por la ley, y las pruebas pertinentes deben presentarse lo antes posible dentro del plazo. Para obtener un fuerte apoyo a sus afirmaciones, las partes involucradas deben hacer todo lo posible para presentar pruebas con alta credibilidad, como documentos oficiales producidos por agencias estatales de acuerdo con sus poderes, archivos históricos mantenidos por agencias especializadas y publicaciones en medios de comunicación influyentes. Materiales promocionales de marcas, etc.