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¿Todo irá bien después de la detención penal?

Si queda en libertad bajo fianza en espera de juicio, aún no ha sido tramitado. Si se determina que no debe ser detenido, deberá ser puesto en libertad inmediatamente y se le expedirá un certificado de liberación. Eso no es ningún problema.

Ley de Procedimiento Penal

Artículo 83: Al detener a una persona, el órgano de seguridad pública deberá presentar orden de detención.

Después de ser detenido, el detenido será remitido inmediatamente a un centro de internamiento para su detención y no excederá de veinticuatro horas. A menos que la notificación sea imposible o la notificación de presuntos delitos que pongan en peligro la seguridad nacional o actividades terroristas pueda obstaculizar la investigación, los familiares del detenido deben ser notificados dentro de las 24 horas posteriores a la detención. Los familiares del detenido deberán ser notificados inmediatamente después de que desaparezcan las circunstancias que obstaculizaron la investigación.

Artículo 84 Los órganos de seguridad pública interrogarán al detenido dentro de las 24 horas siguientes a su detención. Si se determina que no debe ser detenido, deberá ser puesto en libertad inmediatamente y se le expedirá un certificado de liberación.

Artículo 85 Cuando el órgano de seguridad pública solicite la detención de un presunto delincuente, redactará una carta aprobando la detención y la presentará junto con los materiales y pruebas del expediente a la Fiscalía Popular del mismo nivel para revisión y aprobación. Cuando sea necesario, la Fiscalía Popular podrá enviar personal para participar en la discusión de casos importantes por parte de los órganos de seguridad pública.

Artículo 86 La Fiscalía Popular podrá interrogar a los presuntos delincuentes después de revisar y aprobar la detención. En cualquiera de las siguientes circunstancias, el sospechoso de un delito será interrogado:

(1) Hay dudas sobre si se cumplen las condiciones para el arresto;

(2) El sospechoso de un delito las solicitudes para comparecer cara a cara con los fiscales declararon;

(3) Puede haber actos ilegales importantes en las actividades de investigación.

Al revisar y aprobar un arresto, la Fiscalía Popular podrá interrogar a los testigos y demás participantes en el litigio y escuchar las opiniones del abogado defensor, si el abogado defensor lo solicita, la Fiscalía Popular escuchará las opiniones de; el abogado defensor.

Artículo 87: La Fiscalía Popular decidirá si se debe revisar y aprobar la detención de un sospechoso de un delito. Los casos importantes se someterán al comité de fiscalía para su discusión y decisión.