En casos penales, un abogado puede representar a varias partes.
Poder para causas penales: 1. El representante legal de una víctima en un proceso público, el pariente cercano de una víctima fallecida, una persona sin capacidad de conducta o una persona con capacidad de conducta limitada pueden confiar a un abogado para que actúe como su representante en el litigio. 2. Después de aceptar el encargo, el abogado prestará asesoramiento jurídico y otro tipo de asistencia jurídica al cliente. 3. El abogado deberá preguntar al Tribunal Popular antes del juicio si el caso será visto en público. Si el caso involucra la privacidad de la víctima, puede solicitar al Tribunal Popular que no conozca el caso en público. 4. El abogado informa a la víctima del derecho a solicitar la recusación de los colegiados, secretarios, fiscales y tasadores, y la asiste en el ejercicio de este derecho. 5. Durante la audiencia judicial, el abogado guía y representa al cliente en el ejercicio de sus derechos litigantes de conformidad con la ley. 6. Durante el juicio, el abogado y el fiscal cooperaron entre sí, desempeñaron la función de denuncia de conformidad con la ley y discutieron con el imputado y su defensor. Si la opinión de la representación es inconsistente con la opinión de la fiscalía, la opinión de la representación debe expresarse independientemente desde la perspectiva de salvaguardar los derechos e intereses legítimos de la víctima. 7. Si la víctima y su representante legal no están satisfechos con la sentencia de primera instancia, el abogado podrá asistir o representar al cliente para solicitar a la Fiscalía Popular que proteste dentro de los cinco días siguientes a la recepción de la sentencia.
Objetividad jurídica:
Artículo 34 de la Ley de Procedimiento Penal: El sospechoso de un delito tiene derecho a designar un defensor. Durante la investigación, sólo se puede confiar la defensa a abogados. El acusado tiene derecho a confiar un defensor en cualquier momento. Al interrogar a un sospechoso de un delito o adoptar medidas coercitivas contra él por primera vez, el organismo de investigación le informará del derecho a confiarle un defensor. Artículo 40 A partir de la fecha en que la Fiscalía Popular examina un caso de acusación, los abogados defensores pueden revisar, extraer y copiar los materiales del expediente. Otros defensores también pueden consultar, extraer y copiar los materiales antes mencionados con el permiso del Tribunal Popular o de la Fiscalía Popular.