Interpretación de la terminología de defensa en litigios penales
Los tipos de defensa en la “Ley de Procedimiento Penal” son: 1. La legítima defensa, la conducta de los sospechosos e imputados de un delito para refutar, defender y defender cargos; 2. La defensa encomendada; Ministerio Público Los presuntos delincuentes y procesados en la causa encomiendan abogados para su defensa 3. Designar defensa; El Tribunal Popular podrá designar abogados con obligaciones de asistencia jurídica para la defensa.
Objetividad jurídica:
Artículo 33 de la "Ley de Procedimiento Penal de la República Popular China"* * *Además de ejercer su propio derecho a la defensa, los sospechosos y acusados de un delito podrán También encomendar a Los dos actuaron como defensores. Podrán encomendarse como defensores a las siguientes personas: (1) Abogados; (2) Personas recomendadas por las organizaciones populares o la unidad donde trabaja el sospechoso o acusado; (3) Tutores, familiares y amigos del sospechoso o acusado; No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido condenadas a pena penal o privadas o restringidas de su libertad personal conforme a la ley. No podrán actuar como defensores las personas que hayan sido destituidas de cargos públicos o cuyo título de ejercicio de abogado o notario haya sido revocado, salvo los tutores o familiares cercanos de los sospechosos o procesados.