Alguien me demanda por infracción de patente. ¿Qué pruebas debo presentar?
Artículo 62: En una disputa por infracción de patente, si el infractor acusado tiene pruebas para demostrar que la tecnología o diseño que implementó pertenece a la tecnología o diseño existente, no constituye infracción de patente.
Este artículo trata sobre el derecho a defender tecnologías existentes en disputas por infracción de patentes.
1. De acuerdo con las disposiciones pertinentes de la Ley de Patentes antes de la enmienda y las prácticas en la práctica, en los casos de infracción de patentes, una de las formas que tiene el infractor acusado de demostrar que su comportamiento no es infractor es presentar una solicitud a la Junta de Reexamen de Patentes Presentar una solicitud de invalidación de patente después de que la Junta de Reexamen de Patentes declare inválido el derecho de patente, el departamento que se ocupa de las disputas por infracción de patentes puede determinar que las acciones del infractor acusado no constituyen una infracción de patente. Este proceso suele ser complejo y requiere mucho tiempo. Para evitar el uso malicioso de tecnologías existentes conocidas para solicitar patentes, obstaculizar la implementación de tecnologías existentes y ayudar a los implementadores de tecnologías existentes a deshacerse de las disputas por infracción de patentes de manera oportuna, esta revisión de la Ley de Patentes agrega disposiciones sobre el derecho para defenderse de las tecnologías existentes.
En segundo lugar, según este artículo, en una disputa por infracción de patente, si el infractor acusado tiene pruebas para demostrar que la tecnología o el diseño que implementó pertenece a la tecnología o el diseño existente, no necesita presentar una demanda. declaración de invalidación ante la Junta de Reexaminación de Patentes, solicitando a la Junta de Reexaminación de Patentes que confirme si los derechos de patente involucrados son válidos. Una vez que el departamento que maneja las disputas por infracción de patentes determina que la tecnología o el diseño implementado por el infractor acusado pertenece a la tecnología o el diseño existente, puede determinar directamente que el infractor acusado no infringe. Según las definiciones de los artículos 22 y 23 de esta Ley, el término "tecnología existente o diseños existentes" utilizado en esta Ley se refiere a tecnologías o diseños que son conocidos por el público en el país y en el extranjero. Cabe señalar que esta determinación por parte del departamento de manejo de disputas por infracción de patentes solo determina si el comportamiento del presunto infractor infringe el derecho de patente, no si el derecho de patente es válido. Para negar la validez de un derecho de patente, aún es necesario confirmarlo mediante el procedimiento de invalidación de patente.